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I Plan Estratégico Integral de Voluntariado y Participación Ciudadana en Andalucía. Horizonte 2026

23/01/2024
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Acuerdo de 16 de enero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan Estratégico Integral de Voluntariado y Participación Ciudadana en Andalucía. Horizonte 2026 (BOJA de 22 de enero de 2024). Texto completo.

ACUERDO DE 16 DE ENERO DE 2024, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL I PLAN ESTRATÉGICO INTEGRAL DE VOLUNTARIADO Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN ANDALUCÍA. HORIZONTE 2026.

La Constitución Española, Vínculo a legislación en su artículo 9.2, dispone que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Asimismo, la Constitución Española atribuye Vínculo a legislación el carácter de derecho fundamental al derecho a la participación establecido en el artículo 23.1, según el cual, los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía para Andalucía en el artículo 10.1 establece que la Comunidad Autónoma fomentará la calidad de la democracia facilitando la participación de todos los andaluces en la vida política, económica, cultural y social. Igualmente, en el artículo 10.3.19.ª establece como objetivo de la Comunidad Autónoma la participación ciudadana en la elaboración, prestación y evaluación de las políticas públicas, así como la participación individual y asociada en los ámbitos cívico, social, cultural, económico y político en aras de una democracia social avanzada y participativa. En el artículo 30 del citado Estatuto, se desarrolla el derecho a la participación política en condiciones de igualdad en los asuntos públicos de Andalucía, directamente o por medio de representantes en los términos que establezca la Constitución Vínculo a legislación, el citado Estatuto y las leyes. En el artículo 37 se recoge como principio rector de las políticas públicas el fortalecimiento de la sociedad civil y el fomento del asociacionismo. Asimismo, el artículo 61.2 del citado Estatuto atribuye a la Comunidad Autónoma Andaluza la competencia exclusiva en materia de voluntariado, que incluye, en todo caso, la definición de la actividad y la regulación y la promoción de las actuaciones destinadas a la solidaridad y a la acción voluntaria que se ejecuten individualmente o a través de instituciones públicas o privadas.

La Ley 4/2018, de 8 de mayo Vínculo a legislación, Andaluza del Voluntariado, define el voluntariado como el conjunto de actividades de interés general desarrolladas por personas físicas que tengan carácter solidario, que sean de realización libre y responsable, se lleven a cabo sin contraprestación económica o material y que se desarrollen de forma organizada a través de entidades de voluntariado con arreglo a programas concretos.

La citada Ley 4/2018, de 8 de mayo Vínculo a legislación, dispone que la Administración de la Junta de Andalucía elaborará el Plan Andaluz del Voluntariado como instrumento administrativo que determine los criterios de planificación y coordinación de las actuaciones proyectadas en materia de voluntariado en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Por su parte, la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía, establece que la participación ciudadana comprenderá en todo caso el derecho a participar plenamente en las decisiones derivadas de las funciones de gobierno y administración de la Comunidad Autónoma y de las entidades locales andaluzas en los términos previstos en la misma, ya sea directamente o a través de las entidades de participación ciudadana en las que se integre la ciudadanía. Asimismo, la citada Ley 7/2017, de 27 de diciembre, establece que las Administraciones públicas andaluzas promoverán o consolidarán Planes estratégicos para la participación que permitan mejorar y adaptar su gestión a la participación ciudadana.

Es indudable la importancia que las organizaciones ciudadanas, el tejido asociativo y los movimientos sociales consolidados han tenido y tienen en la vertebración de la sociedad civil andaluza y en el desarrollo de sus pueblos y ciudades. El papel activo y de interlocución que ofrecen estas organizaciones es básico para la canalización de demandas y reivindicaciones de la ciudadanía andaluza. Este papel relevante se puede y debe reforzar con formas nuevas de participación en las que la ciudadanía y las organizaciones sociales complementen una nueva forma de vertebración social y hagan posible avanzar en la conformación de un modelo de gobierno que promueva el diálogo de calidad con la ciudadanía, facilitando su participación en el diseño y evaluación de las políticas públicas, garantizando la información y la transparencia de su actuación y diseñando sus estrategias en un marco de gobernanza multinivel.

De acuerdo con lo expuesto, teniendo en cuenta que el IV Plan Andaluz del Voluntariado 2017-2020 ha finalizado su vigencia y ante la necesidad de realizar una planificación estratégica en materia de participación ciudadana, se entiende oportuno elaborar el I Plan Estratégico Integral de Voluntariado y Participación Ciudadana en Andalucía, que recoja las sinergias existentes en materia de participación y voluntariado, como elementos vehiculares de la acción ciudadana comprometida.

Por su parte, el Decreto 161/2022, de 9 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, dispone en su artículo 6.6 que corresponden a la la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad, entre otras competencias:

- La planificación y coordinación general de las políticas públicas dirigidas al fomento de la participación, en especial, el desarrollo de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía; así como el fomento de la vida asociativa en la Comunidad Autónoma, facilitando y promoviendo la participación de la ciudadanía andaluza y de las entidades en la gestión de las distintas Administraciones Públicas. El fomento, estudio y difusión de los valores y prácticas de participación política y social y la promoción de prácticas que favorezcan la transparencia en la aplicación de las políticas públicas.

- La ejecución y gestión de los programas específicos de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en materia de voluntariado.

- La planificación y coordinación general de las políticas públicas en materia de acción voluntaria organizada, así como la coordinación de los programas de voluntariado de las distintas Consejerías.

- La representación de la Administración de la Comunidad Autónoma en todas las acciones del voluntariado y la promoción de las relaciones de las organizaciones andaluzas de voluntariado con otras de ámbito territorial distinto al de la Comunidad Autónoma.

Asimismo, el citado Plan dará respuesta a los Objetivos de Desarrollo Sostenible que marca la Agenda 2030, permitiendo fundamentalmente la consecución de las metas que figuran en los siguientes objetivos:

Objetivo 5: Igualdad de Género, con la finalidad de terminar con la violencia y la discriminación contra las mujeres y asegurar que dispongan de las mismas oportunidades en todos los ámbitos de la vida para asegurar una participación plena y alcanzar la igualdad real y efectiva.

Objetivo 10: Reducir las desigualdades a través de las actuaciones dirigidas a la promoción de la inclusión social, económica y política así como la adopción de medidas de protección social, fomentando la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres como área de actividad de las entidades de voluntariado y promoviendo el reconocimiento y visibilidad de la acción voluntaria con el fin de fomentar la incorporación de la ciudadanía al voluntariado.

Objetivo 16: Mantener la seguridad de las personas y garantizar que el gobierno trabaje de forma efectiva y justa. Para ello, impulsaremos la participación de la ciudadanía en la elaboración de las políticas públicas, detectando cuáles son las necesidades de la sociedad civil organizada para orientar los objetivos de transformación social.

Conforme al Acuerdo del 16 de febrero de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del I Plan Estratégico Integral de Voluntariado y Participación Ciudadana en Andalucía, éste tiene como finalidad la promoción de la participación ciudadana en programas de voluntariado desarrollados por la ciudadanía a través de entidades de voluntariado, el fomento de la colaboración de las personas voluntarias y de las entidades de voluntariado con las Administraciones públicas andaluzas en la conformación de las políticas públicas. Asimismo, tiene entre sus fines la integración de la participación ciudadana en el conjunto de las actuaciones de las Administraciones públicas andaluzas para que ésta pueda ser ejercida tanto individual como colectivamente, de forma real, efectiva, presencial o telemática.

El citado Plan se estructura en torno a los siguientes contenidos:

a) Análisis de la situación de partida y diagnóstico.

b) Definición de los objetivos estratégicos y las líneas estratégicas de acción.

c) Dotación presupuestaria destinada a su realización.

d) Sistema de Seguimiento y Evaluación del Plan.

El citado Plan que se aprueba mediante el presente Acuerdo, ha sido elaborado conforme a lo dispuesto en el apartado cuarto del Acuerdo de formulación. En cuanto a su ámbito temporal será 2023-2026.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de enero de 2024, se adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Aprobación.

1. Se aprueba el I Plan Estratégico Integral de Voluntariado y Participación Ciudadana en Andalucía. Horizonte 2026.

2. El texto del Plan estará disponible en la sección de Planificación, evaluación y estadística (Planes y programas) del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 Vínculo a legislación de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, y en la web de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

Segundo. Ámbito temporal.

El ámbito temporal del Plan comprenderá cuatro anualidades, de 2023 a 2026. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de Voluntariado y Participación, podrá acordar su prórroga por un periodo no superior a dos años.

Tercero. Desarrollo y ejecución.

Se habilita a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de Voluntariado y Participación para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Cuarto. Efectos.

El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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