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TSJA

El Presidente del TSJA recalca sobre la amnistía que "cualquier ley debe estar orientada al bien común"

15/12/2023
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El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha destacado este miércoles que la Ley de Amnistía deberá pasar los filtros jurídicos y, como cualquier otra ley, "no puede ser nunca pensada por posibles intereses particulares o rentabilidades de cualquier tipo", sino que debe estar "orientada al bien común".

GRANADA, 13 (EUROPA PRESS)

A preguntas de los periodistas en Granada sobre el malestar judicial por la Ley de Amnistía, Lorenzo del Río ha hecho hincapié en que los jueces siempre han actuado legalmente al abordar casos en los que se ha juzgado a políticos no por su condición sino por la comisión de hechos de gravedad, muchos de ellos penales.

Así, y al margen de las opiniones que puedan tener los jueces, "que no dejan de ser ciudadanos", a su juicio el problema de este asunto reside en que ésta, como cualquier otra ley, "tiene que ser orientada al bien común" y tener "esa parte de racionalidad" que permita a la gente asumir que "beneficia a la sociedad".

Algo que quizá no está ocurriendo en este momento y genera "crispación en la propia sociedad porque a lo mejor no la entiende y no ve esa justificación", ha opinado. Lorenzo del Río ha recalcado que, además del escenario social, está el ámbito jurídico en el que la ley de amnistía debe pasar los filtros respecto a si tiene un amparo constitucional, toda vez que en 1995 se suprimió del Código Penal esa figura y ahora es necesario "volverlo a retocar" para añadirla.

"Hay que hacer un estudio constitucional en abstracto, si cabe o no, y luego en concreto si tiene una justificación de base para que no infrinja esos principios de seguridad jurídica, del principio de igualdad y de la arbitrariedad en el uso del ejercicio de las funciones legislativas (...) Son filtros que corresponderán al Tribunal Constitucional y al legislador", ha argumentado el presidente del TSJA, aludiendo a la responsabilidad de los propios legisladores de lograr "ese equilibrio" y de "tener cuidado de que siempre sean leyes orientadas al bien común".

El presidente del TSJA ha realizado estas declaraciones a los periodistas en el transcurso del tradicional encuentro navideño con los medios de comunicación, en el que ha fijado como un objetivo irrenunciable de este 2024 reforzar la credibilidad institucional con la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), de modo que "de una vez por todas las fuerzas políticas, el Parlamento, las Cortes Generales y el Senado acometan ese cambio". Junto a ello ha reclamado el impulso a las reformas de eficiencia procesal, organizativa y tecnológica en el ámbito de la justicia, así como de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Lorenzo del Río también se ha referido a la eliminación de competencias en materia de violencia de género en algunos juzgados mixtos de determinadas poblaciones andaluzas cercanas a las capitales de provincia, como ha ocurrido en el Juzgado de Santa Fe (Granada), para que se encarguen los juzgados especializados de Violencia sobre la Mujer que ya existen en estas ciudades a fin de ofrecer un mejor servicio reforzando a su vez con más personal estos juzgados.

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

Analicemos lo dicho: "al margen de las opiniones que puedan tener los jueces, "no dejan de ser ciudadanos"
Algunos vemos "confusión" entre el derecho a votar como ciudadanos y la obligación como jueces de aplicar la ley.
Es fraude de ley (art. 6.4 CC) no cesar tras cinco del fin del mandato del CGPJ. Se MALINTERPRETA el texto literal de la ley EL ESPÍRITU DE La LEY (art. 3.1 CC) NO PERMITE esa prolongación CINCO AÑOS.
Eso lo ENTIENDE hasta el niño de cinco años que pedía Groucho Marx
Al no cesar, ¡pueden hacerlo por razones personales! son COAUTORES de quienes desde el Congreso VIOLAN la ley sin elegir a sus sucesores DISFRAZARSE de victimas sólo engaña a los tontos.
Y el MºFiscal ¡otro que tal baila! no aplica el art. 7.2 CC para impedirlo
El proverbio "lupus non edit lupus" escandaliza tras leer el art. 24.1CE78
Ellos saben que si dimitieran forzarían al Congreso a cumplir la ley
Por no hacerlo merecen que se les pueda considerar COAUTORES
Cobran por NO DIMITIR - ¿no lo exige el espíritu de la ley? - quizá porque el art. 6.4 CC les resbala; ¿es el único?

Escrito el 15/12/2023 16:21:46 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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