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I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027

30/10/2023
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Acuerdo de 24 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027, aprobado por la Comisión Negociadora del citado Plan en fecha 6 de julio de 2023 (BOJA de 27 de octubre de 2023). Texto completo.

ACUERDO DE 24 DE OCTUBRE DE 2023, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE RATIFICA EL I PLAN DE IGUALDAD DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA 2023-2027, APROBADO POR LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CITADO PLAN EN FECHA 6 DE JULIO DE 2023.

La Comunidad Autónoma de Andalucía asume en su Estatuto de Autonomía un fuerte compromiso con la igualdad de género, disponiendo en el artículo 10.2 que la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y de la mujer andaluces, promoviendo la democracia paritaria y la plena incorporación de aquélla en la vida social, superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica, política o social y en su artículo 15 se garantiza la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos.

La aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo Vínculo a legislación, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, incorpora la específica previsión de elaboración de planes de igualdad encaminados a alcanzar la igualdad real entre mujeres y hombres, así como el combatir decididamente todas las manifestaciones de discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo.

La Ley 12/2007, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, establece en su artículo 5 que los poderes públicos potenciarán que la perspectiva de la igualdad de género esté presente en la elaboración, ejecución y seguimiento de las disposiciones normativas, de las políticas en todos los ámbitos de actuación, considerando sistemáticamente las prioridades y necesidades propias de las mujeres y de los hombres, teniendo en cuenta su incidencia en la situación específica de unas y otros, al objeto de adaptarlas para eliminar los efectos discriminatorios y fomentar la igualdad de género.

Asimismo, en su artículo 32 se determina que la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias y demás entidades instrumentales elaborarán cada cuatro años planes de igualdad en el empleo.

Por otro lado, la Ley 5/2023, de 7 de junio Vínculo a legislación, de la Función Pública de Andalucía, en su artículo 182, se refiere a los planes de igualdad, indicando que la Administración de la Junta de Andalucía y las entidades del sector público instrumental, incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley, aprobarán planes de igualdad de género para garantizar la igualdad efectiva de trato y oportunidades entre hombres y mujeres de conformidad con lo establecido en la normativa sectorial reguladora de esta materia.

Con el I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027, se abordan las necesidades reales del personal al servicio de la misma, con un alcance global e integral, a fin consolidar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en la organización y de constituir un referente para el diseño e implementación de planes de igualdad en todas las organizaciones.

Los objetivos y actuaciones propuestos en el Plan se alinean con las metas para el logro de la igualdad entre mujeres y hombres establecidas por el Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía, 2022-2028, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de marzo Vínculo a legislación de 2022.

Entre los objetivos específicos del I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía, se destacan los siguientes:

- Reducir la brecha de género en el acceso a los puestos de mayor nivel de la Junta de Andalucía.

- Aumentar el porcentaje de hombres que solicitan medidas de conciliación.

- Conseguir que la conciliación no sea un freno para la carrera profesional.

- Mejorar la percepción de las políticas de igualdad en la Administración General de la Junta de Andalucía.

- Conseguir que el personal de la Administración General de la Junta de Andalucía sea consciente de las desigualdades de género.

- Garantizar la protección y atención en el ámbito laboral de toda víctima de violencia de género.

Los programas de actuación en los que se concreta este Plan incorporan diversas medidas o proyectos a desarrollar de carácter transversal, en el corto, medio y largo plazo, en función de su alcance, con indicación de objetivos, organismos responsables y temporalización. Dichos programas de actuación son:

1. Recluta talento: se trata de atraer a personas jóvenes que puedan corregir paulatinamente la segregación horizontal en los cuerpos o categorías profesionales que se determinen.

2. Mentoría para el liderazgo de las mujeres: dirigido a aquellas que quieran potenciar sus capacidades de liderazgo y que puedan promocionar en sus puestos de trabajo.

3. Sensibilización sobre políticas de igualdad de género: se trata de diseñar una batería de acciones específicas de difusión, formación y comunicación para mejorar la percepción de las políticas de igualdad en la Junta de Andalucía.

4. Institucionalización de la igualdad de género, mediante el refuerzo de las Unidades de Igualdad de Género: se pretende configurar la estructura funcional y administrativa de estas unidades en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial, con especial referencia al Instituto Andaluz de la Mujer, dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género.

5. Registro, consulta y obtención de datos en materia de seguridad y salud laboral, para el posterior análisis de las desigualdades de género en la Administración General de la Junta de Andalucía.

6. Sensibilización en diversidad sexual y de género, con objeto de alcanzar la igualdad de trato y no discriminación de ciertos colectivos, especialmente vulnerables, así como para poder garantizar la protección y atención en el ámbito laboral de toda persona víctima de violencia.

7. Automatización del protocolo de situaciones de acoso laboral, sexual o por razón de sexo u otra discriminación, mediante la implantación de un sistema informático en el que se puedan grabar y tramitar las denuncias interpuestas, con todas las garantías de confidencialidad y protección de datos de carácter personal.

8. Implantación de medidas de conciliación compatibles con el desarrollo de la carrera profesional: se pretende equilibrar la utilización de las medidas de conciliación entre los hombres y las mujeres que prestan sus servicios en la Administración General de la Junta de Andalucía, mediante un uso corresponsable de las mismas, así como intentar frenar, en lo posible, el menoscabo en la carrera profesional de las mujeres, que siguen condicionando su trabajo y su carrera profesional al cumplimiento de las responsabilidades familiares en un porcentaje superior al de los hombres.

9. Automatización de datos, ante las carencias detectadas, para medir las posibles desigualdades.

10. Nuevas líneas de acción social para víctimas de violencia de género: se pretende proceder a la formación, información y sensibilización del personal empleado público de la Administración General de la Junta de Andalucía en las serias dificultades que atraviesan las personas que sufren algún tipo de violencia de género, así como en facilitar el desarrollo de su carrera profesional.

11. Construcción de un registro retributivo, entre cuyas finalidades está el ofrecer información anual sobre los salarios medios de mujeres y hombres en la Administración General de la Junta de Andalucía, con el fin de intentar reducir la brecha de género.

12. Regulación del teletrabajo para lograr una mayor motivación en el personal empleado público y un mejor rendimiento de la organización, al favorecer la conciliación personal con la vida laboral y familiar, así como reducción del tiempo en desplazamientos y mejora de la sostenibilidad ambiental.

Por último, el Plan contiene un sistema de seguimiento y evaluación, con los siguientes contenidos de excelencia:

- Una evaluación ex ante. Realizada por un grupo de personas expertas en el ámbito de la igualdad de género y una revisión metodológica, llevada a cabo por un equipo de personas evaluadoras pertenecientes al Grupo de Evaluación de Políticas Públicas del Instituto Andaluz de Administración Pública.

- Informes de seguimiento anual. Cada año la Oficina Técnica de Seguimiento y Evaluación elaborará un informe referido al año anterior, en el que se presentará el grado de avance en los objetivos estratégicos y programas, así como la evolución de los indicadores.

- Una evaluación intermedia, que analizará el diseño, la implementación y los resultados a medio plazo.

- Una evaluación final. Referida al periodo completo de ejecución del Plan de Igualdad.

Este Plan, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre Vínculo a legislación, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, ha sido objeto de negociación en el seno de la Comisión Negociadora en la que ha resultado aprobado el texto final en su sesión celebrada el día 6 de julio de 2023.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de octubre de 2023,

ACUERDA

Primero. Ratificación del Plan.

Se ratifica el I Plan de Igualdad de la Administración General de la Junta de Andalucía 2023-2027.

Segundo. Publicidad y transparencia.

El texto del Plan estará disponible en el apartado de planes y programas del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 Vínculo a legislación de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, a través del siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/planificacion-evaluacion-estadistica/planes/detalle/446026.html

Tercero. Desarrollo y ejecución.

La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, a través de la Oficina Técnica de Seguimiento y Evaluación, como órgano encargado de la supervisión del adecuado desarrollo del Plan, será responsable tanto de coordinar su ejecución como de realizar el seguimiento del mismo, para lo que diseñará e implementará los mecanismos oportunos que aseguren la disponibilidad de los datos que permitan medir el resultado de las actuaciones puestas en marcha.

Cuarto. Efectos.

El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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