Diario del Derecho. Edición de 14/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/09/2023
 
 

TSJCyL

El TSJCyL confirma la condena de seis años al recluso que prendió fuego a su celda en la cárcel de Villanubla

22/09/2023
Compartir: 

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid que condenó a seis años de cárcel a un recluso de la cárcel de Villanubla por prender fuego al colchón de su celda en enero de 2022.

VALLADOLID, 21 Sep. (EUROPA PRESS) -

Los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, consideran que "no se aprecia en la sentencia recurrida ninguna vulneración de la presunción de inocencia, ni del principio 'in dubio pro reo', pero tampoco hay base alguna para considerar la existencia de error en la valoración de la prueba" por parte de los jueces de Valladolid, que motivaron además "de una forma suficiente y totalmente acertada las pruebas practicadas".

El tribunal descarta que el condenado actuara por orden de otro recluso al que temía y que fue absuelto por la Audiencia vallisoletana por no haber quedado acreditada su participación en el incendio que se propagó por el módulo y puso en peligro la vida e integridad física de funcionarios y presos, según la información del Gabinete de Prensa del TSJCyL recogida por Europa Press.

Los magistrados del Alto Tribunal castellanoleónes, como ya hiciera la Audiencia de Valladolid, rechazan aplicar al recluso que prendió fuego al colchón la circunstancia de miedo insuperable como atenuante o como eximente.

La sentencia de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial ahora confirmada consideró a Amine B. autor de un delito de incendio con riesgo para la vida e integridad física de las personas, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, y, en consecuencia, le impuso seis años de cárcel, el pago de una indemnización de 886 euros en favor del Ministerio del Interior-Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por los daños causados y el abono también de la cuarta parte de las costas procesales.

La condena se produjo a pesar de que Amine B. alegó el primer día que provocar el fuego era la única salida que tenía al haber sido amenazado de muerte por el 'Chino' para que incendiara su celda.

"¡Solo cumplí lo que me ordenó el 'Chino' pues si no me quitaba de en medio. Todos en prisión saben que es capaz de matar!", aseguró Amine, quien añadió que prendió fuego a la almohada con la intención únicamente de generar humo y hacer creer a Jorge Alfonso que había cumplido su orden, si bien se le fue de las manos y las llamas se extendieron al colchón, generando una densa humareda que se propagó con rapidez por toda la galería y otra decena de celdas del módulo de aislamiento.

Responsables del centro abrieron las puertas de las celdas para poder evacuar lo más rápido posible a los presos debido al grave peligro para su vida e integridad física por la inhalación del ingente y denso humo generado, situación que incluso llevó a los funcionarios a participar en la evacuación de algunos de ellos.

La fiscal del caso sostuvo que el comportamiento del 'Chino', que ocupaba la celda 25, generó aún un mayor riesgo para todos los allí presentes debido a su negativa a abandonar la estancia, pese a las reiteradas advertencias del jefe de Servicios y de otros reclusos ante la gran cantidad de humo generada y el peligro evidente de perder la vida.

Sin embargo, el tribunal sentenciador no consideró acreditadas las amenazas de muerte por parte de Jorge Alfonso, un recluso que lleva veinticuatro años entre rejas y quien en el juicio no sólo negó haber encargado al anterior la quema de la celda sino que atribuyó a Amine el siniestro en solitario para que le trasladaran a otro centro penitenciario, algo que, según añadió el 'Chino', acostumbraba a hacer el marroquí para obtener un nuevo destino.

De hecho, al término del juicio la Sección Segunda de lo Penal ya dictó un auto que ponía en la calle al 'Chino' al no ver justificado que siguiera en la cárcel por esta causa, anticipando ya que el fallo final en su caso sería el de la absolución tanto del delito de incendio como del de amenazas.

Otros presos que se encontraban en la galería avalaron la versión del 'Chino' y se deshicieron en elogios sobre su persona. "Un gran hombre, una gran y muy buena persona", dijeron algunos, mientras que otro se refirió a él como el compañero "que ayudaba a todos los que caían en aislamiento y les proveía de tabaco, Coca Cola" u otras vituallas.

NINGÚN TESTIGO INCRIMINA AL 'CHINO'

Ni siquiera testificaron en su contra los dos únicos presos que en su momento sí le acusaron de haber amenazado de muerte al autor del fuego. Este es el caso de T.T, en paradero desconocido desde que recuperara la libertad, y L.Ch, quien por videoconferencia desde un penal de fuera de Valladolid se limitó a alegar amnesia y a desdecirse de todo lo dicho en su día.

"Tengo pérdida de memoria por estar sometido a un tratamiento médico a base de antisicóticos", aseguró este testigo que en su día no sólo presentó de su puño y letra un escrito ante el director de la cárcel de Valladolid en el que aseguraba haber presenciado las graves amenazas de muerte vertidas por Jorge Alfonso contra Amine para que cumpliera el encargo sino también el mismo que a posteriori del siniestro ratificó su denuncia en una comparecencia ante agentes de la Policía Nacional que investigaban lo ocurrido.

Fiscalía de Valladolid había pedido once años de cárcel para Amine B. por delito de incendio con peligro para la vida e integridad física de las personas, con la atenuante analógica de obrar por miedo insuperable, y quince años para Jorge Alfonso V.C. ('Chino')--le considera autor mediato--y otros dos más por delito continuado de amenazas sobre su compañero de banquillo.

En concepto de responsabilidad civil, la acusación pública pidió que ambos, de forma conjunta y solidaria, indemnicen por partes iguales con 886 euros al Ministerio del Interior-Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por los daños causados.

Por su parte, las dos defensas pidieron un fallo absolutorio, en el caso de Amine B. en aplicación de la eximente completa de miedo insuperable y en el del 'Chino' por su falta de participación tanto en el fuego como en las supuestas amenazas, petición esta última que ha sido estimada por el tribunal.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana