CASTELLÓ, 16 Ago. (EUROPA PRESS) -
El tribunal considera probado que el acusado, que estuvo cinco años casado con la víctima, con la que tiene dos hijos, no había aceptado la ruptura de la relación y pensaba que ella había rehecho su vida con otra persona.
Sobre las 17.30 horas del 22 de mayo de 2022, cuando habían quedado en la vivienda de la exmujer para devolverle los hijos, él llamó a la puerta, le propinó un empujón que la lanzó contra la pared y entró en la casa sin permiso, en la que halló a la nueva pareja de la exesposa.
El acusado golpeó al otro hombre, que logró inmovilizarle y que le soltó pensando que se había calmado. Sin embargo, se fue a la cocina donde cogió un cuchillo. La exmujer, al darse cuenta y mientras llevaba al hijo pequeños en brazos, cerró una puerta de cristal que el exmarido rompió tras dar un fuerte golpe con el arma blanca, momento en el que sufrió lesiones de consideración.
La exesposa y su hijo también resultaron lesionados al igual que la pareja por los golpes recibidos y que salió corriendo de la vivienda al pedírselo ella, que gritaba que se fuera porque lo iba a matar.
La sala rechaza los argumentos de la defensa de vulneración de derechos porque considera que, si bien se podría entender que no se procedió de forma correcta por el juzgado de Instrucción en cuanto a la designación de letrado, esta infracción ni es relevante ni ha tenido consecuencias en el proceso.
Y considera que los hechos están probados a raíz de las pruebas practicadas, interrogatorio de testigos, la pericial y la documental. Además, señala que el propio acusado "vino a reconocer en parte" lo sucedido aunque con matizaciones.