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  • EDICIÓN DE 18/08/2023
 
 

Mesas de Contratación del Servicio Canario de la Salud

18/08/2023
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Orden de 21 de julio de 2023, por la que se deroga la Orden de 26 de diciembre de 2018, que regula la programación de la contratación pública, el régimen de la contratación centralizada y las Mesas de Contratación del Servicio Canario de la Salud (BOC de 17 de agosto de 2023). Texto completo.

ORDEN DE 21 DE JULIO DE 2023, POR LA QUE SE DEROGA LA ORDEN DE 26 DE DICIEMBRE DE 2018, QUE REGULA LA PROGRAMACIÓN DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA, EL RÉGIMEN DE LA CONTRATACIÓN CENTRALIZADA Y LAS MESAS DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

La Orden de 26 de diciembre de 2018 (BOC de 31.12.2018), por la que se regula la programación de la contratación pública, el régimen de la contratación centralizada y las Mesas de Contratación del Servicio Canario de la Salud, estuvo llamada a desarrollar principalmente dos aspectos que en su momento se consideraron de gran importancia. Por un lado, la derogación del anexo de la Orden de la Consejería de Sanidad de 20 de noviembre de 2012, por la que se determinaba el régimen de la contratación centralizada de bienes y servicios de naturaleza sanitaria, toda vez que el mismo incluía una relación exhaustiva de bienes y servicios que a pesar de haber sido declarados de contratación centralizada, en la práctica no eran contratados bajo dicho régimen por motivos diversos, lo que suponía un obstáculo para que las distintas gerencias sanitarias pudieran contratarlos de manera individualizada.

Por otro lado, el artículo 28.4 Vínculo a legislación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y el Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE/, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), establece el mandato a las entidades del sector público de programar la actividad de contratación pública que desarrollen en un ejercicio presupuestario o periodos plurianuales y de publicar anticipadamente anuncios de información previa de los contratos sujetos a regulación armonizada que tengan proyectado adjudicar en un plazo de 12 meses, correspondiendo a los órganos de contratación realizar dichas publicaciones, a tenor de lo dispuesto en el artículo 134.1 de la citada Ley.

En aplicación de las previsiones sobre programación de la contratación pública contenidas en la Orden de 26 de diciembre Vínculo a legislación de 2018, el Servicio Canario de la Salud ha dictado instrucciones a los distintos órganos de contratación sobre el procedimiento a seguir hasta la aprobación por el titular de la Consejería de Sanidad del plan de contratación de dicho organismo autónomo.

La experiencia sobre programación de la contratación pública llevada a cabo por el Servicio Canario de la Salud de los ejercicios 2020, 2021 y 2022 ha puesto de manifiesto la necesidad de revisar la regulación de la programación citada anteriormente, en el sentido de que sean los distintos órganos de contratación los que programen su actividad de contratación pública y publiquen los anuncios de información previa de los contratos que tengan proyectado adjudicar, en estricto cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 28.4 y 134.1 de la LCSP.

Además, la citada Orden de 26 de diciembre de 2018 dispuso, en su artículo 4, la regulación de las Mesas de contratación en régimen de contratación centralizada, en el sentido de prever la creación con carácter permanente de una Mesa de contratación adscrita a la Dirección General de Recursos Económicos como órgano de asistencia en la adjudicación. Teniendo en cuenta la práctica de los últimos años, y por motivos organizativos, la Dirección General de Recursos Económicos considera necesario llevar a cabo una revisión de la citada regulación.

Finalmente, el artículo 3 de la Orden de 26 de diciembre de 2018 establece que será la Dirección General de Recursos Económicos la competente para llevar a cabo la contratación de bienes y servicios declarados de contratación centralizada, competencias que ya tiene atribuidas por el artículo 10.2 Vínculo a legislación del Decreto 32/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la actividad económico-financiera del Servicio Canario de la Salud.

A la vista de las consideraciones expuestas anteriormente, y en uso de las atribuciones que me confiere el Decreto 32/1997, de 6 de marzo Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la actividad económico-financiera del Servicio Canario de la Salud,

DISPONGO:

Artículo único.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28.4 de la LCSP, la programación de la contratación pública del Servicio Canario de la Salud será realizada por sus distintos órganos de contratación, correspondiendo a los mismos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 134.1 de la misma Ley, publicar los anuncios de información previa de los contratos sujetos a regulación armonizada que tengan proyectado adjudicar en el ejercicio presupuestario programado.

Disposición transitoria primera.- Los expedientes de contratación centralizada aprobados por la Dirección General de Recursos Económicos con anterioridad a la derogación de la Orden de 26 de diciembre de 2018 continuarán su tramitación, ejecución y prórroga de acuerdo con la normativa y actos aplicables en el momento de su incoación.

Disposición transitoria segunda.- El régimen competencial establecido por el artículo 3 de la Orden de 26 de diciembre de 2018 será de aplicación a los expedientes iniciados por la Dirección General de Recursos Económicos hasta la entrada en vigor de la presente Orden, siendo de aplicación el propio artículo 10.2 Vínculo a legislación del Decreto 32/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la actividad económico-financiera del Servicio Canario de la Salud, a los expedientes que se inicien una vez entre el vigor la presente Orden.

Disposición transitoria tercera.- Se mantiene la validez de las Órdenes por las que se determina de contratación centralizada la adquisición de determinados bienes o servicios dictadas en aplicación de la Orden de 26 de diciembre de 2018.

Disposición derogatoria primera.- Se deroga la Orden de 26 de diciembre Vínculo a legislación de 2018, por la que se regula la programación de la contratación pública, el régimen de la contratación centralizada y las Mesas de Contratación del Servicio Canario de la Salud.

Disposición derogatoria segunda.- Permanece derogada la Orden de 20 de noviembre Vínculo a legislación de 2012, por la que se determina el régimen de contratación centralizada de bienes y servicios de naturaleza sanitaria.

Disposición final única.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

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