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Ayudas de la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común

24/07/2023
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Orden 148/2023, de 18 de Julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 135/2023 de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras de las ayudas de la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha (DOCM de 21 de julio de 2023). Texto completo.

ORDEN 148/2023, DE 18 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 135/2023 DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE PRECISAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE LA INTERVENCIÓN SECTORIAL APÍCOLA EN EL MARCO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN EN CASTILLA-LA MANCHA.

El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la Política Agrícola Común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013, contempla en su artículo 55 los tipos de intervenciones a realizar en el sector apícola y la ayuda financiera de la Unión para esta intervención, destinada a la elaboración de programas nacionales para mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas (programas apícolas).

En el ámbito estatal, el Real Decreto 906/2022, de 26 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común tiene como objeto establecer el régimen por el que se regulan las ayudas a la apicultura en el marco de la Intervención Sectorial Apícola, dentro del Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, conforme a lo establecido por los Reglamentos (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021; Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2290 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021; Reglamento Delegado (UE) 2022/126, de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021; Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1475 de la Comisión, de 6 de septiembre de 2022, y Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, así como de conformidad con la restante normativa de la Unión Europea concordante.

Mediante la Orden 135/2023, de 24 de junio, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural se establecen las bases reguladoras de las ayudas para medidas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de la miel en Castilla-la Mancha.

Tras la publicación de esta orden se hace necesario modificar el apartado B5 del artículo 4 para incluir en la selección de inversiones en activos tangibles e intangibles a todos los apicultores, eliminando la exclusividad a explotaciones registradas como tipo trashumantes.

La orden de bases se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2023 de la sección presupuestaria 21 Agricultura, Agua y Desarrollo Rural y contribuye al objetivo 198 regularización de los mercados agrarios y compensación de rentas por disminución de precios agrarios, línea 458 Programa Nacional Apícola, así como de otros programas que se establezcan. Las subvenciones reguladas en esta orden no constituyen una ayuda de Estado.

De acuerdo con lo expuesto y en virtud de las competencias atribuidas a esta Consejería por el Decreto 83/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural y habida cuenta de la nueva estructura de la Administración Regional establecida mediante Decreto 68/2023, de 9 de julio, dispongo:

Artículo Único. Modificación de la Orden 135/2023, de 24 de junio, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras de las ayudas de la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha.

Uno. El artículo 4 apartado 1.b.5: Inversiones en activos tangibles e intangibles, queda redactado como sigue:

b.5) Inversiones en activos tangibles e intangibles.

Se financiarán del siguiente modo y de acuerdo con el listado del anexo I:

Para las siguientes líneas:

b.5.1) Inversiones y acciones destinadas a la mejora de la productividad y del rendimiento de las colmenas: útiles, equipos, sistemas de manejo y cambio de colmenas, sistemas móviles de extracción de miel y/o productos apícolas.

b.5.2) Inversiones para la mejora y acondicionamiento de asentamientos, caminos sendas, que incluyan especies florales beneficiosas para la actividad de las abejas melíferas y otros polinizadores.

b.5.3) Software y equipos para monitorización de colmenas (control de peso, humedad, temperatura interna, sonido) gestión de explotaciones (registro de medicamentos, registro de movimientos, etc.), incluida electrificación por paneles solares únicamente para dar servicio a los equipos descritos en su caso, y gastos de transmisión de datos.

b.5.4) Cuota del seguro de responsabilidad civil de las colmenas. Incluye las cuotas del seguro obligatorio para ser persona beneficiaria de la ayuda.

b.5.5) Sistemas de protección, vigilancia antirrobo (incluyendo sistema de videovigilancia) o de geolocalización de las colmenas.

b.5.6) Equipos de envasado y etiquetado y equipos destinados a mejorar la calidad, el uso y la comercialización de miel, polen, cera y propóleos.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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