BRUSELAS, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -
La sentencia señala que la protección de los consumidores figura, en efecto, entre las obligaciones de dichas autoridades, como es el caso de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en España.
El Tribunal de Justicia concluye, por tanto, que los Estados miembro puede asignar a estas autoridades la competencia para imponer a los operadores la devolución de las cantidades que hubieran percibido incumpliendo las exigencias relativas a la protección del consumidor, en particular las relativas a las obligaciones de transparencia y de facturación correcta.
Asimismo, señala que ya que la protección del consumidor y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia forman parte de las obligaciones de estas autoridades reguladores, no es pertinente cuál sea el motivo exacto por el que se ordena a una empresa eléctrica que efectúe el reembolso a sus clientes.
La sentencia llega después de que en 2019, la Autoridad Reguladora de la Energía, las Redes y el Medio Ambiente de Italia impusiese a Green Network, sociedad italiana de distribución de electricidad y gas natural, una multa de 655.000 euros por incumplimiento de las obligaciones de transparencia de tarifas y exigió que devolviera a sus clientes un importe de casi 14 millones de euros que les había facturado en concepto de gastos de administración con base a una cláusula considerada ilegal por esta autoridad.
Tras impugnar sin éxito la anterior decisión por la vía contencioso-administrativa, Green Network interpuso un recurso de apelación ante el Consejo de Estado italiano, que elevó la consulta al TJUE, que ahora ha respaldado la capacidad de estas autoridades nacionales a efectos de protección del consumidor.