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CGPJ

El CGPJ aconseja que facultativos distintos a médicos forenses puedan usar el protocolo de reconocimiento a detenidos

27/02/2023
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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este jueves por unanimidad el informe al proyecto de real decreto por el que se establece el protocolo de reconocimiento médico forense a detenidos, que ha valorado de forma "muy positiva", realizando una sola recomendación para que otros facultativos distintos a los sanitarios vinculados a juzgados, tribunales y fiscalías puedan usarlo.

MADRID, 23 (EUROPA PRESS)

El CGPJ explica en un comunicado que el ámbito de aplicación del protocolo se circunscribe a los reconocimientos médicos que lleven a cabo los forenses sobre las personas detenidas que se hallen bajo la jurisdicción de juzgados, tribunales y fiscalías, "cuando hay otros profesionales médicos llamados a atender a personas privadas de libertad".

Según ha informado el órgano de gobierno de los jueces, "es el caso, por ejemplo, del personal médico que asiste a los detenidos o presos en el momento de su ingreso en centros penitenciarios o a las personas que ingresan en un Centro de Internamiento de Extranjeros".

"Por ello se sugiere, ante los objetivos de prevención de tortura y tratos inhumanos o degradantes que informan la norma proyectada, que se examine la conveniencia de que el protocolo contenido en el real decreto pueda ser utilizado por otros profesionales facultativos, distintos a los médicos forenses, en su labor de examen y reconocimiento de personas detenidas", concluye el informe.

Más allá de esa recomendación, el CGPJ cree que el protocolo "merece una valoración muy positiva", señalando que "su estructura y los datos que han de consignarse superan con mucho la exigua regulación contenida en el actual protocolo vigente contenido en la Orden de 16 de septiembre de 1997". En concreto, ve "especialmente destacables" las previsiones cuando se alegue por parte del detenido tortura u otro trato inhumano o degradante.

El protocolo sustituirá a la Orden de 16 de septiembre de 1997, "cuyo objetivo era hacer efectivas las recomendaciones realizadas por las organizaciones internacionales, especialmente Naciones Unidas y Consejo de Europa, a fin de lograr que la acción de los médicos forenses en España se adaptara a técnicas y procedimientos internacionalmente reconocidos, pero que era considerada insuficiente por esas organizaciones y por el Defensor del Pueblo", recuerda el CGPJ.

EN LÍNEA CON LOS ESTÁNDARES INTERNACIONALES

El informe, del que han sido ponentes el presidente interino del CGPJ, Rafael Mozo, y el vocal Juan Manuel Fernández, valora que "la reforma proyectada se encuentra en la línea de procurar que los partes de asistencia que emitan los médicos forenses tras el reconocimiento de las personas detenidas se adapten a los estándares internacionales" y al uso de nuevas tecnologías.

El protocolo consta de dos partes: una dedicada a la recogida de datos y otra en la que se concreta el reconocimiento médico forense, que se estructura en once apartados entre los que se incluye el análisis de "factores de vulnerabilidad que puedan afectar a la persona detenida por razón de identidad de género, orientación sexual, edad, discapacidad enfermedad o riesgo autolítico, persona extranjera, trata de seres humanos y régimen de incomunicación".

Además, "se impone al médico forense la obligación de recabar información sobre las condiciones de la detención y más concretamente sobre el lugar en el que ha permanecido el detenido, la duración de la detención, las condiciones de alimentación, aseo, descanso y atención sanitaria prestada".

Por último, el protocolo detalla las evaluaciones clónicas en contextos legales que deben hacerse cuando haya una alegación de tortura o de tratos inhumanos o degradantes.

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