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Año 2023 como Año Nino Bravo

08/02/2023
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Decreto 9/2023, de 3 de febrero, del Consell, por el cual se declara el año 2023 como Año Nino Bravo (DOGV de 7 de febrero de 2023). Texto completo.

DECRETO 9/2023, DE 3 DE FEBRERO, DEL CONSELL, POR EL CUAL SE DECLARA EL AÑO 2023 COMO AÑO NINO BRAVO.

Luis Manuel Ferri Llopis fue un cantante valenciano que ha hecho historia con el nombre artístico de Nino Bravo. Nacido en Aielo de Malferit en 1944, al cabo de pocos años su familia se trasladó a València, donde vivió hasta su muerte en un accidente de carretera el día 16 de abril de 1973.

Desde muy joven mostró su afición a la música y sus dotes naturales para cantar, especialmente por la potencia y ductilidad de su voz.

A los 17 años formó, con dos amigos, su primer grupo musical, Los Hispánicos, con el cual llegaría a finalista en un concurso radiofónico de ámbito nacional. Después de la disolución de este primer grupo, en 1963, se incorporó a otro, Superson, que le acompañaría en casi toda su trayectoria artística posterior. Pero fue en 1968, al volver del servicio militar, cuando inició su carrera como cantante solista, y fue en el marco de las fallas del año 69, con un recital en el Teatro Principal de València, cuando Luis Manuel se presentó oficialmente ante el público con el nombre de Nino Bravo, y poco después firmó el primer contrato con una compañía discográfica.

En poco tiempo, Nino Bravo empezó a ganar éxito y popularidad, grabando discos y participando en numerosas giras, festivales y programas de televisión, en España, en Europa y, muy especialmente, en América Latina. Entre 1970 y 1973 se convirtió en un ídolo de la canción melódica para muchos millones de personas en todo el mundo, pero sin perder en ningún momento su vinculación con la Comunidad Valenciana, con la ciudad de València y con el pueblo donde nació.

La extraordinaria carrera musical de Nino Bravo quedó trágicamente truncada cuando el artista todavía no había cumplido los 29 años de edad, y cuando apenas habían pasado cuatro años desde su debut como solista. Sin embargo, durante el medio siglo transcurrido desde entonces, su voz y su figura se ha mantenido -y se mantiene- viva, no solo en la memoria de quienes asistieron a sus triunfos en vida, sino también en la de las generaciones posteriores, que continúan emocionándose con su voz en canciones casi míticas como Libre, Te quiero, te quiero, o Un beso y una flor.

En abril de 2023 se cumplirán cincuenta años de la muerte de un valenciano universal, merecedor del reconocimiento público, por parte de la Comunitat Valenciana, como uno de los artistas más apreciados por el público y más influyentes en la música popular del siglo XX, que continúa plenamente vigente en el siglo XXI, y al cual las Corts Valencianes dedicaron una declaración institucional, leída en la sesión plenaria del día 22 de diciembre de 2022, en la que los y las representantes del pueblo valenciano “manifiestan de forma unánime su apoyo a la declaración del año 2023 como año de Nino Bravo en todo el territorio valenciano, para recordar y poner en valor al gran cantante hijo de Aielo de Malferit”.

Por todo esto, en virtud del que dispone el artículo 18.f Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del presidente de la Generalitat, y con la deliberación previa del Consell, en la reunión de 3 de febrero de 2023, DECRETO Artículo 1. Objeto 1. Se declara el año 2023 como Año Nino Bravo, en conmemoración del cincuentenario de la muerte del cantante Luis Manuel Ferri Llopis, conocido artísticamente como Nino Bravo.

2. Se crea la Comisión Conmemorativa del Año Nino Bravo (de ahora en adelante, la Comisión), que se adscribe a la Presidencia de la Generalitat, a través del Gabinete del President.

Artículo 2. Composición de la comisión 1. Las persones miembros de la comisión serán nombradas, mediante una resolución del president de la Generalitat, entre representantes de entidades públicas o privadas vinculadas al ámbito de la cultura y personas relevantes por su prestigio y su contribución a la cultura y la música.

2. Las funciones de secretaría de la comisión serán ejercidas por la persona que designe la Comisión de entre sus miembros.

Artículo 3. Funciones y régimen de funcionamiento de la comisión 1. A la Comisión le corresponde establecer las pautas para la elaboración de la programación de acciones y actividades conmemorativas, y aprobar el programa general de los actos conmemorativos que se desarrollan, así como la coordinación con otros organismos o entidades, públicas o privadas, que deseen participar en la conmemoración.

2. La Comisión podrá funcionar en pleno o en grupos de trabajo, cuya composición, atribuciones y régimen de funcionamiento se acordarán por el pleno.

3. La Comisión se reunirá una vez cada cuatro meses con carácter ordinario, y, con carácter extraordinario, cuantas veces sea convocada por la presidencia, a iniciativa propia o a propuesta, al menos, de una tercera parte de las vocalías.

4. El régimen de convocatorias, constitución y adopción de acuerdos de la Comisión será el que se dispone en la normativa básica reguladora del régimen jurídico del sector público, así como, en su caso, en las normas de funcionamiento que pueda aprobar la Comisión.

Artículo 4. Comité ejecutivo 1. Para facilitar el desarrollo de las funciones de la Comisión, se creará un Comité Ejecutivo integrado por una presidenta o un presidente, designado, por resolución del president de la Generalitat, de entre las personas miembros de la Comisión, y otras cuatro personas miembros de la Comisión designadas por esta. La secretaría del Comité será ejercida por la persona designada por y entre sus miembros.

2. El Pleno de la Comisión acordará las atribuciones y el régimen de funcionamiento del Comité Ejecutivo, al cual corresponderá, en todo caso, la toma de decisiones y el seguimiento más inmediatos de los asuntos que correspondan a la Comisión Conmemorativa, así como las otras funciones que esta le encomiende. En todo lo que no se haya previsto por la Comisión, el funcionamiento del Comité Ejecutivo se regirá por la normativa básica reguladora del régimen jurídico del sector público.

3. El Comité se reunirá una vez al mes con carácter ordinario, y, con carácter extraordinario, cuantas veces sea convocado por su presidencia, a iniciativa propia o a propuesta, al menos, de dos de sus integrantes.

DISPOSICIONES ADICIONALES Primera. Apoyo al funcionamiento de la Comisión Por parte de la Presidencia de la Generalitat se dará el apoyo técnico y material que requiera el adecuado desarrollo de las funciones de la Comisión Conmemorativa del Año Nino Bravo. A este efecto, se podrá adscribir temporalmente el personal técnico que pueda ser necesario en función de los trabajos a realizar.

Segunda. Incidencia presupuestaria La aplicación de este decreto no podrá tener ninguna incidencia en la dotación de los capítulos de gasto del presupuesto de la Generalitat y, en todo caso, será atendida con los medios personales y materiales de la Administración de la Generalitat.

DISPOSICIONES FINALES Primera. Habilitación normativa Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, y en el artículo 4, apartado 1, se faculta a la persona titular del Gabinete del President de la Generalitat para dictar las disposiciones que sean necesarias para la aplicación y desarrollo de lo que se establece en este decreto.

Segunda. Efectos Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, y sus disposiciones mantendrán su eficacia hasta que transcurran seis meses desde la finalización del Año Nino Bravo.

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