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Relato de ley; por Andrés Betancor, catedrático de Derecho Administrativo

07/12/2022
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El día 7 de diciembre de 2022 se ha publicado, en el diario El Mundo, un artículo de Andrés Betancor, en el cual el autor opina que la reforma de la sedición es fruto de una reconstrucción de nuestra historia inmediata y nuestras instituciones democráticas con una finalidad propagandística más peligrosa que las reformas legales que introduce.

RELATO DE LEY

Hobbes afirmaba que “la autoridad, que no la verdad, es la que hace leyes”. Ante el caos de las guerras civiles en su Inglaterra natal, Hobbes justificó el poder, el absoluto, como precio a pagar por la seguridad. Dame tu libertad, que yo te daré seguridad. Un precio excesivo, en nuestra presente situación, pero perfectamente razonable a mediados del siglo XVII.

En el Estado democrático de Derecho, la Ley necesita algo más. No es un accidente el que nuestra Constitución prohíba la arbitrariedad del poder, también del legislativo; debe ser racional y razonable. Ahora bien, una cosa es que la Ley se base en la verdad y otra, bien distinta, que imponga “su” verdad. Esto es lo propio de los Estados autoritarios que utilizan lo que Arendt denominaba como la “fuerza coactiva de la verdad” para acabar con el debate que es su caldo de cultivo. En la actualidad, en las democracias como la nuestra, estamos en otra fase, más sutil, más vaporosa. Es el “relato” el que hace las leyes.

El Diccionario de la Lengua Española define “relato” como “reconstrucción discursiva de ciertos acontecimientos interpretados en favor de una ideología o de un movimiento político”. Una narración alternativa de la realidad con una finalidad propagandística. Somos proclives al relato; tenemos un cerebro cuentacuentos. Desde tiempos inmemoriales el poder se ha servido de la “propaganda tribal” a la que se refiere Storr. La diferencia es que esa propaganda se hace Ley o la Ley sirve a la propaganda: es la Ley-relato.

El Congreso de los Diputados, por amplia mayoría, admitió a trámite la proposición de ley orgánica del grupo socialista y del grupo parlamentario de Unidas Podemos por el que se reforma el Código Penal; introduce, entre otras modificaciones, la supresión del delito de sedición (Capítulo I del Título XXII) y la reforma de los delitos de desórdenes públicos (Capítulo III del Título XXII). Es un ejemplo señero de cuentacuentos. Es el fruto de una “reconstrucción” de nuestra Historia inmediata y de nuestras instituciones democráticas con una finalidad propagandística que es, aún más peligrosa que las reformas legales que introduce, siendo ya muy relevantes.

¿Por qué una modificación con efectos futuros (sólo de repetirse el golpe de Estado) se presenta como una contribución a la convivencia hoy en Cataluña o como un éxito de la política frente al autoritarismo y la represión de las libertades?; ¿por qué una reforma con efectos generales es una respuesta a la situación particular, ya no sólo de Cataluña, sino de los secesionistas catalanes? La respuesta nos la ofrece uno de los sediciosos condenados por los hechos de septiembre y octubre de 2017: “Los aparatos antidemocráticos del Estado tendrán menos herramientas para hacer su trabajo antidemocrático”. ¿Por qué un secesionista se preocupa del trabajo futuro del aparato del Estado? ¿Acaso pretenden repetir aquello por lo que ya fue condenado? Sin duda, ya lo han dicho. Ahora, además, nos quieren convencer de que fueron víctimas de “jueces fascistas” que aplicaron un delito, el de sedición, con una pena desproporcionada y unas fronteras normativas imprecisas.

Son, exactamente, los mismos argumentos que utilizaron los sediciosos ante el Tribunal Supremo y que éste rechazó por sentencia de 14 de octubre de 2019 y, posteriormente, por auto de 29 de enero de 2020; y ante el Tribunal Constitucional, cuando dicho Tribunal resolvió los recursos de amparo contra la indicada sentencia y el auto (sentencias 91/2021 y siguientes).

Así, en cuanto a la falta de precisión, el Tribunal Constitucional afirmó, haciendo suya la argumentación del Tribunal Supremo, que “no aprecia que la norma penal adolezca de un grado de vaguedad tal que infrinja el mandato de taxatividad que impone el art. 25.1 CE. La infracción que el art. 544 Código Penal describe [la del delito de sedición] resulta reconocible con un razonable grado de claridad y, por tanto, debemos descartar que su redacción impida conocer de antemano qué conductas son susceptibles de ser castigadas bajo su ámbito, quedando debidamente preservado el principio de seguridad jurídica”.

Y, en cuanto a la proporcionalidad, la pena está en consonancia con la gravedad de lo acaecido, lo que el Tribunal sentenciador ha recordado, en magnífica síntesis: “A través de las convocatorias enjuiciadas, se propició un levantamiento, en plena coordinación con las autoridades autonómicas, que dificultaba o hacía ineficaces resoluciones judiciales, implementaba una normativa autonómica anticonstitucional adoptada -pero ya suspendida- y lograba que el referéndum ilícito se celebrara a pesar de la prohibición judicial. Se daba así paso al desplazamiento del orden constitucional, al menos de manera formal. Se procuraba que el mismo sirviera de sustento previsto en la antidemocrática norma para que, con absoluta deslealtad constitucional, el president del Govern, tras el apoyo del Parlament, declarara formalmente la independencia de Cataluña, si bien suspendida segundos después”.

En cambio, el Gobierno ha sostenido, al justificar los indultos concedidos a los sediciosos, que su “utilidad pública” se basa en que las condenas eran “obstáculos a la superación del conflicto existente” porque “el mantenimiento en prisión [es] un claro obstáculo para la normalización de las relaciones entre las instituciones catalanas y las del Estado, así como un escollo para la superación del conflicto que protagoniza la política catalana en la última década”. Por lo tanto, el Tribunal Supremo y su sentencia son los responsables de que no se resuelva el conflicto: castigar a los que rompieron la convivencia es alterar la convivencia. Esta es la lógica perversa de los indultos.

Los indultos y la supresión de la sedición entrelazan un relato que tiene tres dimensiones. La histórica: lo sucedido en Cataluña fue ejercicio de derechos fundamentales (“votar no es delito”). La de la actualidad: los jueces (“fascistas”) son los que obstaculizan la convivencia. Y la futura: cuando lo volvamos a hacer, como ha reconocido Junqueras, los aparatos del Estado “tendrán menos herramientas”.

Y tiene tres consecuencias corruptas para nuestra democracia. La primera, que construye la idea de que forma parte del ámbito de la decisión de una parte de los ciudadanos disponer sobre el orden constitucional. La segunda, que es un ámbito a “desjudializar”, o sea, a retirar a los jueces del “conflicto” para garantizar la impunidad; si nadie aplica la Ley, o los que la aplican son afectos, la Ley es puro papel. Y la tercera, desarma al Estado frente a la futura repetición de la sedición. Hay que reconocer a los secesionistas su sentido del tiempo. Consiguieron, en su momento, despenalizar la convocatoria de referéndum ilegales. Ahora, la de la sedición. Paso a paso para que la reacción frente a la sublevación contra el orden constitucional sea más benigna, hasta la gratuidad.

Si es inimaginable un Estado democrático de Derecho sin unos jueces independientes y sometidos únicamente al imperio de la Ley, en tanto que requisito indispensable para que los ciudadanos puedan disfrutar de una tutela judicial efectiva en el ejercicio de sus derechos e intereses, lo que es también el que la Ley deje de serlo para convertirse en propaganda. Toda la institucionalidad de control decae; deja de ser la expresión general de la aspiración de la justicia para todos, para convertirse en instrumento de parte; para facilitar su sedición futura.

Más perniciosa y corrupta, además de inútil, es la revisión de la historia para obtener beneficios políticos. Como escribiera Santos Julià: “Hoy, con la lección acumulada por un siglo de totalitarismos y dictaduras, quizá es tiempo de volver del revés la célebre frase de George Orwell, miles de veces repetida, y afirmar que quienes pretendieron controlar el pasado, perdieron el futuro, como perderán el pasado quienes pretendan controlar el presente al modo de los comisarios de la memoria”. Sacrificar el pasado, para ganar el presente, a costa del futuro, pero no sólo el de este Gobierno, sino el de nuestro Estado democrático de Derecho. Será valioso para Sánchez, pero tóxico para España. Es el veneno que los secesionistas están inoculando en nuestra democracia.

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