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TJUE

El TJUE se pronunciará el 22 de diciembre sobre el escaño de Junqueras como eurodiputado

25/11/2022
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciará el próximo 22 de diciembre sobre el recurso de casación que presentó la defensa del líder de ERC y exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, contra la decisión del Tribunal General de declarar inadmisible el recurso en el que impugnó que se declarara vacante su escaño como eurodiputado.

MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

Junqueras fue elegido eurodiputado en las elecciones al Parlamento Europeo de mayo de 2019, pero, al no obtener permiso para acudir a jurar o prometer acatar la Constitución española como exige la normativa nacional, su escaño fue declarado vacante por la Junta Electoral Central.

En la sesión plenaria de enero de 2020, el entonces presidente de la Eurocámara informó al resto de la Cámara de la elección de Junqueras como eurodiputado a efectos del 2 de julio de 2019 pero también de que su escaño quedaba vacante a partir del 3 de enero de 2020, como consecuencia de que el Tribunal Supremo estimara que el líder independentista no gozaba de inmunidad parlamentaria en virtud del Derecho nacional y por tanto no procedía autorizar su desplazamiento ni acordar su libertad.

Según ha informado este jueves el tribunal, está previsto que los magistrados dicten tres días antes de Navidad su sentencia sobre el recurso de Junqueras contra la resolución del Tribunal General que concluyó que la Eurocámara "no hizo más que transmitir a la institución información sobre una situación jurídica preexistente, derivada exclusivamente de las decisiones de las autoridades españolas".

Junqueras, condenado a 13 años de prisión por sedición y malversación en el marco del juicio del 'procés', reclamó sin éxito que se suspendiera la decisión del Parlamento de hacer constatar la vacante de su escaño. Los magistrados del TJUE resolverán el próximo diciembre si la decisión del Tribunal General fue o no la adecuada.

Sobre este asunto se pronunció el pasado junio el Abogado General del TJUE Maciej Szpunar. Aunque su opinión no es vinculante para el tribunal, la gran mayoría de sentencias dictadas siguen la línea marcada por sus dictámenes.

CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL

En concreto, el Abogado General concluyó que el recurso de Junqueras debe ser rechazado. En su dictamen, avaló un auto del Tribunal General de la UE dictado en diciembre de 2020.

El letrado europeo razonó que el Tribunal con sede en Luxemburgo estimó entonces acertadamente que el entonces presidente de la Eurocámara sólo podía "partir de la premisa de que la elegibilidad forma parte del procedimiento electoral regulado por el Derecho de los Estados miembro" y que la institución europea "no tiene competencia para controlar las decisiones nacionales".

Respecto a la alegación de la defensa de Junqueras de que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al declarar que el Parlamento no tenía competencias para revisar la causa de incompatibilidad que condujo a la pérdida de su mandato, el Abogado General señaló que esta alegación se basa en una norma jurídica inexistente.

Además, apuntó que Junqueras "no ha logrado cuestionar eficazmente" la procedencia de la motivación del Tribunal General por lo que respecta a la inadmisibilidad.

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