MADRID, 15 (EUROPA PRESS)
Según ha informado la corte de garantías, así se ha resuelto en el Pleno celebrado esta semana, como ya hizo el pasado 30 de junio con un recurso del PP contra esta misma norma autonómica.
La impugnación de Vox se dirige contra los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6.2, 7, 10, 11, 12, 15 y la disposición transitoria de la ley del Parlamento de Cataluña 1/2022, de 3 de marzo, que modifica las leyes 18/2007, 24/2015 y 4/2016, para "afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda".
La ley catalana, impulsada por ERC, Junts, la CUP y los Comuns, recoge la obligación de ofrecer alternativas habitacionales a familias vulnerables antes de llevar el caso a la vía judicial, previendo la expropiación de viviendas o edificios que "estén desocupados de forma permanente e injustificada" durante más de dos años.
También regula las competencias para requerir a los grandes tenedores que adopten las medidas para "ocupar legal y efectivamente una o varias viviendas para que constituyan la residencia de personas", si están vacías, y en caso de incumplimiento se establece una multa coercitiva de 1.000 euros por cada vivienda por mes mientras permanezcan desocupadas.
Además, define a los grandes tenedores de vivienda como las personas jurídicas que, por sí solas o a través de un grupo de empresas, sean titulares de más de 10 viviendas "ubicadas en territorio del Estado", frente a las 15 de la anterior normativa.
Fija como excepciones las que tengan más de un 15% de la superficie habitable de la propiedad calificada como viviendas de protección oficial destinadas a alquiler y las entidades privadas sin ánimo de lucro que den vivienda a personas y familias vulnerables.
Asimismo, la legislación catalana establece la renovación obligatoria de los contratos de alquiler social cuando llegan al final del plazo fijado si las personas o unidades familiares afectadas todavía siguen cumpliendo los requisitos de "exclusión residencial".