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Servicio de control de accesos a edificios administrativos

27/06/2022
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Orden 123/2022, de 21 de junio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se incorpora el servicio de control de accesos a edificios administrativos como un nuevo servicio de contratación centralizada transversal, en el apartado segundo del anexo I del Decreto 74/2018, de 23 de octubre, por el que se regula la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el sistema de contratación centralizada (DOCM de 24 de junio de 2022). Texto completo.

ORDEN 123/2022, DE 21 DE JUNIO, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE INCORPORA EL SERVICIO DE CONTROL DE ACCESOS A EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS COMO UN NUEVO SERVICIO DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA TRANSVERSAL, EN EL APARTADO SEGUNDO DEL ANEXO I DEL DECRETO 74/2018, DE 23 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA LA OFICINA DE CONTRATACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y EL SISTEMA DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA.

El Decreto 74/2018, de 23 de octubre Vínculo a legislación, por el que se regula la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el sistema de contratación centralizada (D.O.C.M. Núm. 213, de 31 de octubre de 2018), define la contratación centralizada transversal como aquella que tiene por objeto suministros y servicios que así sean declarados por ser sus características esencialmente homogéneas y de utilización o ejecución común para el conjunto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos; siendo éstos, actualmente, los que constan en el Anexo I del citado Decreto, pudiéndose, no obstante, mediante Orden de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, declararse nuevas categorías de suministros y servicios de contratación centralizada transversal, así como modificar las ya declaradas.

En los últimos tiempos está adquiriendo cada vez mayor relevancia la contratación de un nuevo servicio -el de control de accesos a edificios e instalaciones- que reviste, sin lugar a dudas, las notas caracterizadoras de la contratación centralizada transversal, esto es; es contratado, en mayor o menor medida, por la mayoría de los órganos de contratación de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos; y las características de dichas contrataciones, dada la homogeneidad de la tipología de edificios e instalaciones adscritas a esta Administración, es sustancialmente idéntica.

Concurriendo, pues, las notas caracterizadoras que habilitan su declaración como servicio de contratación centralizada transversal, la misma se considera conveniente con la finalidad fundamental de mejorar y homogeneizar los controles de acceso a los edificios e instalaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como los criterios de actuación en cuanto a la gestión de dichos controles.

Por ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.h) Vínculo a legislación del Decreto 80/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, y 12.d) del Decreto 74/2018, de 23 de octubre Vínculo a legislación, por el que se regula la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el sistema de contratación centralizada, Dispongo Artículo único. Incorporar el servicio de control de accesos a edificios administrativos, como un nuevo servicio de contratación centralizada transversal, en el apartado segundo del Anexo I del Decreto 74/2018, de 23 de octubre Vínculo a legislación, por el que se regula la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el sistema de contratación centralizada.

Disposición final. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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