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Subvenciones dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía para la dinamización de centros de competencias digitales

09/05/2022
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Acuerdo de 27 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye la fiscalización previa de las fases de autorización, disposición o compromiso, reconocimiento de la obligación y justificación de los pagos de justificación posterior de la Línea Guadalinfo incluida en la Orden de 9 de noviembre de 2021, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales, por el control financiero permanente (BOJA de 6 de mayo de 2022). Texto completo.

ACUERDO DE 27 DE ABRIL DE 2022, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE SUSTITUYE LA FISCALIZACIÓN PREVIA DE LAS FASES DE AUTORIZACIÓN, DISPOSICIÓN O COMPROMISO, RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS PAGOS DE JUSTIFICACIÓN POSTERIOR DE LA LÍNEA GUADALINFO INCLUIDA EN LA ORDEN DE 9 DE NOVIEMBRE DE 2021, DE LA CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E INTERIOR, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ENTIDADES ASOCIATIVAS SIN ÁNIMO DE LUCRO EN ZONAS DESFAVORECIDAS DE ANDALUCÍA, PARA LA DINAMIZACIÓN DE CENTROS DE COMPETENCIAS DIGITALES, POR EL CONTROL FINANCIERO PERMANENTE.

Los artículos 93.2 y 94.2 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación (en adelante, TRLGHP), establecen que, en sustitución del control previo, por acuerdo del Consejo de Gobierno podrá establecerse el sometimiento a control financiero permanente de determinados gastos, órganos y servicios en los que se considere adecuada dicha fórmula de control.

Con objeto de contribuir a la transformación digital, la línea Guadalinfo la constituyen aquellas subvenciones dirigidas a los municipios andaluces en situación de brecha digital para la dinamización de centros de competencias digitales mediante acciones de sensibilización y desarrollo de las competencias en el uso de los servicios digitales por parte de la ciudadanía andaluza. Actualmente, estas subvenciones se regulan en la Orden de 9 de noviembre Vínculo a legislación de 2021, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales (BOJA núm. 218, de 12 de noviembre de 2021).

No obstante la actual vigencia de dicha orden, estas subvenciones con anterioridad se han venido enmarcando en el proyecto denominado Red de Acceso Público a Internet que desde 2006 la Administración de la Junta de Andalucía ha venido financiando a través de sucesivas órdenes reguladoras de concesión de subvenciones, siendo la última la Orden de 25 de enero 2016 (BOJA núm. 19, de 29 enero 2016), de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la dinamización de la red de Centros de Acceso Público a Internet en Municipios, Zonas Necesitadas de Transformación Social, Entidades Locales Autónomas de Andalucía y Puntos de Acceso Público a Internet, modificada posteriormente por la Orden 20 enero de 2017 (BOJA núm. 23, de 3 febrero de 2017), que reguló las convocatorias de los ejercicios 2016 a 2021.

Estas subvenciones se han gestionado históricamente de manera descentralizada, a través de las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de Economía. Sin embargo, con la creación de la Agencia Digital de Andalucía por la disposición adicional vigésimosegunda de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre Vínculo a legislación, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, y su puesta en funcionamiento en el mes de abril de 2021, con la entrada en vigor del Decreto 128/2021, de 30 de marzo Vínculo a legislación, por el que se aprueban sus Estatutos, las competencias para la tramitación y resolución de estas subvenciones las asume de manera centralizada la Agencia Digital de Andalucía, de acuerdo con el artículo 6.3.b) y x) de sus Estatutos.

Esta asunción de competencias por los órganos de la Agencia Digital de Andalucía ha supuesto que el control interno de dichos expedientes, que antes se distribuía entre las ocho intervenciones provinciales competentes en materia económica, pase a recaer en una única Intervención, la Intervención Delegada en la Agencia Digital de Andalucía, que en este momento carece de una estructura de personal propio.

Las convocatorias de estas subvenciones, concedidas en régimen de concurrencia no competitiva, suceden con cadencia anual, en coherencia con el período de ejecución subvencionable, que coincide con el año natural. Sin embargo, la gestión de las mismas se extiende a tres ejercicios presupuestarios, teniendo en cuenta que el procedimiento pasa por la convocatoria, la concesión de la subvención, la realización de tres pagos (en convocatorias anteriores se contemplaban cuatro pagos en total, si bien a partir de la entrada en vigor de la Orden de 9 de noviembre Vínculo a legislación de 2021, en la convocatoria 2022, queda reducido a tres pagos), y dos justificaciones, una parcial y una final.

En cuanto a la tramitación del procedimiento por el gestor, todas las subvenciones destinadas a la dinamización de centros de competencias digitales (que abarca la línea Guadalinfo y otras 3 líneas) se tramitan a través de un sistema informático denominado @GEA, creado por la extinta Dirección General de Estrategia Digital y Gobierno Abierto, que se viene utilizando de manera ininterrumpida desde la convocatoria de 2014 hasta la actualidad para la gestión de estas subvenciones. Este sistema posibilita la monitorización de la gestión y se encuentra, a su vez, interconectado con GIRO. Asimismo, su base de datos constituye un archivo digital que recoge toda la documentación de la gestión administrativa y económica de estos expedientes.

La utilización de este sistema informático permite una gestión ágil y eficiente de estas líneas de subvenciones, que suponen la tramitación de un número elevado de expedientes, principalmente por la línea Guadalinfo, que se dirige a casi 700 beneficiarios, y el alto volumen de recursos que moviliza.

El elevado número de expedientes que se tramitan, sumado a la centralización de las competencias que han acaecido en su contexto, hacen que el trabajo en el ámbito de la Intervención Delegada se vea protagonizado por la fiscalización previa de las subvenciones de la línea Guadalinfo, imposibilitando en gran medida la atención del resto de expedientes que tramita la Agencia Digital de Andalucía.

Con objeto de medir el volumen de expedientes que genera la línea de Guadalinfo en la fiscalización previa, podemos tomar como referencia el número de propuestas contables que deben tramitarse, teniendo en cuenta el número de beneficiarios y el régimen de pago y justificación regulado en las bases reguladoras.

De esta forma, resulta que el número mínimo de propuestas contables sometidas a fiscalización previa, correspondientes a la línea Guadalinfo, es de 4.141 por convocatoria (4.141 - 1 propuesta de convocatoria + (6 propuestas contables x 690 beneficiarios).

Al elevado número de expedientes que se generan en una única convocatoria, se le añade el hecho de que, al extenderse su tramitación a lo largo de tres ejercicios presupuestarios, concurren en un mismo período expedientes pertenecientes a distintas convocatorias. Este solapamiento de las fases de gestión de las distintas convocatorias provoca, como ha ocurrido durante el cierre de 2021, que se concentren en los mismos meses un volumen todavía más elevado de expedientes.

A lo anterior se suma que la tramitación de la línea Guadalinfo coincide temporalmente con la tramitación de las líneas ELA, CAPI Mantenimiento y CAPI Apertura, que se trata de líneas de subvenciones con similar objeto pero diferenciadas entre ellas, principalmente, en virtud del tipo de beneficiario al que se destina (entidades locales autónomas y entidades sin ánimo de lucro).

No obstante, es la línea Guadalinfo la que protagoniza la gestión de subvenciones destinadas a la dinamización de los centros de competencias digitales, con un número de beneficiarios que se sitúa en torno a los 690 beneficiarios. A continuación, y en vista de los datos de las últimas convocatorias, le sigue la línea CAPI Mantenimiento con unos 60 beneficiarios. Finalmente, la línea ELA cuenta con unos 20 beneficiarios y la línea CAPI Apertura (única línea con procedimiento de concesión en concurrencia competitiva) se aproxima a los 10 beneficiarios. Siguiendo tal estimación, la línea Guadalinfo representa un 88,46% del total de subvenciones que se tramitan en virtud de dichas líneas.

Por otra parte, el porcentaje de reparo es insignificante teniendo en cuenta el elevado número de propuestas contables sometidas a fiscalización. Los únicos reparos emitidos corresponden a la fase de justificaciones de la línea Guadalinfo (tanto de 2020 como de 2021) y suponen un 3,92% sobre el total de propuestas contables de justificaciones presentadas. Por su parte, los reparos emitidos, además de ser escasos en número, se han basado en defectos que no invalidan ni impiden que se siga con la tramitación del procedimiento.

De lo anteriormente expuesto se colige que el procedimiento de tramitación de estas subvenciones, en el que se solapan las convocatorias, conlleva un volumen de trabajo de fiscalización previa que difícilmente posibilita, atendiendo a los recursos disponibles, atender otras funciones propias también del órgano de control.

Los resultados en la fiscalización, basados en un número mínimo de reparos y en la observancia de defectos de débil importancia, lleva a concluir que el esfuerzo que realiza la Intervención actuante no se ve compensado en términos de eficiencia, por parte del órgano de control, al procedimiento de gestión de estas subvenciones.

La madurez y experiencia en la gestión de estas subvenciones, sumada a su tramitación informatizada a través del sistema @GEA, han permitido tal depuración en el sistema que el margen de error en su tramitación es mínimo, lo que explica el bajo número de reparos emitido y la escasa magnitud de las deficiencias observadas en el ejercicio de la fiscalización previa, por lo que el gran esfuerzo que realiza la Intervención en el control de estas subvenciones no redunda en una aportación significativa al procedimiento de gestión, sino que más bien paraliza la tramitación en el resto de esferas de la Agencia.

De tal manera, el sistema de control actual de la línea de Guadalinfo, basado en la fiscalización previa, imposibilita una gestión eficaz y eficiente en el ámbito de la Intervención Delegada en la Agencia Digital de Andalucía, ya que se requiere de un volumen de recursos humanos del que no se dispone para actuar con rapidez y a su vez impide atender con diligencia a otros expedientes de gasto que se proponen por la Agencia, donde destacan los contratos y encargos a medios propios personificados, así como al resto de funciones atribuidas a la Intervención como la asistencia a mesas de contratación o la fiscalización de gastos en materia de personal.

A lo anterior debe añadirse un incremento previsible del volumen de trabajo, en el marco de la ejecución de los fondos europeos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por las razones expuestas, queda motivada la sustitución de la fiscalización previa de la línea de subvenciones Guadalinfo, reguladas en la Orden de 9 de noviembre Vínculo a legislación de 2021, por el control financiero permanente, en los términos del artículo 94.2 Vínculo a legislación del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en las fases de autorización, disposición o compromiso del gasto, reconocimiento de obligaciones y justificaciones de los pagos de justificación posterior.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 93.2 y 94.2 del TRLGHP, a propuesta del Consejero de Hacienda y Financiación Europea, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de abril de 2022, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Objeto.

Se sustituye la fiscalización previa de las fases de autorización, disposición o compromiso, reconocimiento de la obligación y justificación de pagos de justificación posterior, de la línea Guadalinfo incluida en la Orden de 9 de noviembre Vínculo a legislación de 2021, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales, por el control financiero permanente.

Segundo. Condiciones del control.

La Intervención General establecerá las condiciones del ejercicio del control financiero permanente, conforme a lo que se establece en el artículo 94.3 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Tercero. Entrada en vigor.

El presente acuerdo producirá sus efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Régimen transitorio.

Respecto a los expedientes de gasto pendientes de fiscalizar de convocatorias anteriores, quedan sometidas igualmente a control financiero permanente, en todas las fases del procedimiento, las propuestas de documentos contables relativas a la convocatoria para el ejercicio 2021, efectuada por la Resolución de 12 de noviembre Vínculo a legislación de 2020, de la Dirección General de Estrategia Digital y Gobierno Abierto correspondientes a la Orden de 25 de enero 2016 (BOJA núm. 19, de 29 enero 2016), de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la dinamización de la red de Centros de Acceso Público a Internet en Municipios, Zonas Necesitadas de Transformación Social, Entidades Locales Autónomas de Andalucía y Puntos de Acceso Público a Internet, modificada posteriormente por la Orden de 20 enero de 2017.

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