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Consulado Honorario de España en Inhambane

06/05/2022
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Orden AUC/398/2022, de 21 de abril, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Inhambane, en la República de Mozambique (BOE de 6 de mayo de 2022). Texto completo.

ORDEN AUC/398/2022, DE 21 DE ABRIL, POR LA QUE SE CREA LA OFICINA CONSULAR HONORARIA, CON CATEGORÍA DE CONSULADO HONORARIO DE ESPAÑA, EN INHAMBANE, EN LA REPÚBLICA DE MOZAMBIQUE.

La provincia de Inhambane tiene, como una de sus principales actividades económicas, el turismo de playa y deportes acuáticos. La mayoría de los turistas españoles que visitan Mozambique lo hacen a las costas de Inhambane, de la misma forma que cientos de residentes españoles en Mozambique tienen a esta provincia como su principal destino de vacaciones. En este contexto, se presentan con regularidad emergencias consulares relacionadas con españoles, especialmente con turistas no residentes.

A la importante presencia de turistas españoles en Inhambane hay que añadir un gran número de cooperantes, pues la provincia de Inhambane es prioritaria para la Cooperación Catalana. También Cruz Roja Española y Arquitectos Sin Fronteras están presentes en esta provincia.

Por ello, Inhambane cuenta con una comunidad permanente de residentes españoles, que trabajan para el sector turístico o en la cooperación al desarrollo. Se espera que este número aumente en los próximos años, pues, según el último Acuerdo Marco de Asociación País firmado en 2021 entre el Gobierno de España y el de Mozambique, Inhambane ha pasado a ser considerada prioritaria también para la Cooperación Española.

A pesar de todo lo anterior, Inhambane es una provincia de difícil acceso, lo que no permite una gestión eficiente de la asistencia y de las emergencias consulares, por lo que se crea esta nueva Oficina Consular honoraria.

Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre Vínculo a legislación, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Maputo, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General para África, dispongo:

Artículo 1. Creación de la Oficina Consular Honoraria de España en Inhambane y su circunscripción.

Se crea la Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Inhambane, en la República de Mozambique, con circunscripción en la provincia del mismo nombre.

Artículo 2. Dependencia.

La Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Inhambane dependerá de la Embajada de España en Maputo.

Artículo 3. Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Inhambane.

La persona titular del Consulado Honorario de España en Inhambane tendrá, de conformidad con el artículo 9 Vínculo a legislación del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.

Disposición adicional única. No incremento del gasto de personal.

La creación de una Oficina Consular honoraria no supondrá incremento alguno del gasto de personal, de conformidad con lo establecido en el apartado uno de la disposición adicional trigésima primera de la Ley 22/2021, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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