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TSJMU

El Presidente del TSJMU señala cinco juzgados en Murcia, Cartagena y Lorca como "urgentes e inaplazables" para 2023

04/04/2022
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El presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU), Miguel Pasqual del Riquelme, ha cifrado en cinco las unidades judiciales necesarias en Lorca, Cartagena y Murcia como "urgentes e inaplazables" para el próximo año, según han informado fuentes del órgano judicial en un comunicado.

MURCIA, 31 Mar. (EUROPA PRESS) -

En concreto, el máximo órgano de gobierno del Poder Judicial en la comunidad autónoma establece en su relación priorizada de necesidades un juzgado de Instancia en Murcia y dos en Cartagena, un juzgado de Instancia e Instrucción en Lorca y un juzgado de Violencia sobre la Mujer en el partido judicial de Murcia.

Este anuncio ha sido hecho durante la inauguración de dos nuevas unidades judiciales puestas en marcha en la Región de Murcia: el cuarto juzgado de Familia, especializado en Apoyo a la Discapacidad, en el partido judicial de Murcia y una nueva plaza de magistrado en la Sección 5 de la Audiencia Provincial, desplazada en Cartagena.

En este sentido, Pasqual del Riquelme ha manifestado que "estas nuevas unidades judiciales suponen un avance muy significativo para la justicia regional".

No obstante, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha exigido que "las nuevas programaciones de creación de unidades judiciales del Ministerio de Justicia tienen que seguir teniendo a Murcia muy presente y corregir el déficit histórico".

El presidente del TSJMU, Miguel Pasqual del Riquelme, durante la inauguración, ha explicado que "para la identificación de prioridades, que no necesidades, que serían mayores, en la creación de nuevas unidades judiciales hemos tenido en cuenta dos criterios: por un lado, el de la carga de trabajo, un criterio objetivo que señala aquellos juzgados que sobrepasan en un 120% la entrada media de asuntos; y por otro, la disponibilidad actual o inmediatamente previsible de edificios y espacios judiciales donde alojar unidades judiciales de nueva creación".

En este sentido, Pascual del Riquelme ha hecho hincapié en que "la Región soporta un déficit de 16 unidades judiciales, una vez descontadas las dos que se ponen en marcha hoy, y el cuarto juzgado de lo Mercantil en Cartagena que él se comprometió a poner en marcha durante el primer semestre de 2022", ha recordado el presidente del TSJMU, atendiendo a los parámetros de carga de trabajo superior a un 30% de media, en los cinco años anteriores, que deberían determinar la creación de nuevos juzgados según los criterios fijados por el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia.

Entre los que más carga de trabajo soportan están los juzgados de Instancia de Murcia y Cartagena y los de Instrucción de Molina y Lorca, en algunos de los cuales se supera un 215% el módulo señalado como razonable.

En el acto de inauguración, el presidente ha estado acompañado por el magistrado decano, Lorenzo Hernando, y la magistrada adscrita a los juzgados de lo Civil, Cristina Franco. Además de representantes de los diferentes cuerpos de la Administración de Justicia, colegios profesionales y asociaciones de discapacitados en la Región de Murcia.

APUESTA POR UNA MAYOR AUTONOMÍA

El juzgado de Instancia número 18 se constituye desde su inicio como el cuarto juzgado especializado en materia de Familia, y tiene atribuidas, además las materias relativas a internamientos y medidas de apoyo a la discapacidad con carácter exclusivo.

Así fue solicitado por el TSJMU por la especial sensibilidad de los asuntos de familia, apoyo a la discapacidad e internamientos no voluntarios en centros socio-sanitarios, y la necesidad de priorizar la normalización de los tiempos de respuesta judicial en este ámbito, por afectar al núcleo esencial de convivencia.

Con ello se completa el refuerzo de la jurisdicción de Familia en la Región de Murcia, que ya se inició en diciembre de 2018, con la creación del segundo juzgado especializado de familia en el partido judicial de Cartagena.

La asignación en régimen de exclusividad a un solo órgano judicial vendría aconsejada por un lado, por la especificidad de la materia, de la que es exponente la reciente Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, y, por otro, también por razones logísticas y organizativas para el control de los internamientos, facilitando la coordinación e interlocución entre el órgano judicial, el Instituto de Medicina Legal y los centros sanitarios y residencias.

Como ha explicado el presidente del TSJ, subrayando la exposición de motivos de esta norma, la reforma impulsada "debe ir unida, por ello, a un cambio del entorno, a una transformación de la mentalidad social y, especialmente, de la de aquellos profesionales del Derecho -jueces y magistrados, personal al servicio de la Administración de Justicia, notarios, registradores- que han de prestar sus respectivas funciones, a requerimiento de las personas con discapacidad, partiendo de los nuevos principios y no de visiones paternalistas que hoy resultan periclitadas"

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