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Estatutos de la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua

21/02/2022
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Decreto 10/2022, de 15 de febrero, por el que se modifican los estatutos de la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, aprobados por el Decreto 7/2011, de 8 de febrero (DOCM de 18 de febrero de 2022). Texto completo.

DECRETO 10/2022, DE 15 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS ESTATUTOS DE LA ENTIDAD DE DERECHO PÚBLICO INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA-LA MANCHA, APROBADOS POR EL DECRETO 7/2011, DE 8 DE FEBRERO.

La potestad organizativa de la Administración Pública constituye la facultad de darse normas de funcionamiento y organización. En el ejercicio de esta potestad se enmarca el Decreto 7/2011, de 8 de febrero Vínculo a legislación, por el que se aprueba los estatutos de la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha.

La Ley 12/2002, de 27 de junio Vínculo a legislación, reguladora del ciclo integral del agua de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, crea en sus artículos 8 y siguientes la entidad de derecho público “Aguas de Castilla-La Mancha”, indicando en su disposición final cuarta que el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha queda autorizado para dictar, entre otras disposiciones de aplicación de la Ley, los Estatutos relativos a dicha Entidad.

Posteriormente, la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, por la que se crea la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, en su disposición adicional primera, cambia la denominación de la entidad por la de “Infraestructuras del Agua de Castilla La Mancha”, manteniendo su personalidad jurídica y su plena capacidad de obrar. Además, adscribe dicha entidad a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, a través de la Dirección-Gerencia de la misma.

La Agencia del Agua está actualmente adscrita a la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo rural en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.5.b) Vínculo a legislación del Decreto 83/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.

La modificación propuesta es únicamente la del artículo 16.2, que tiene su fundamento en razones de seguridad jurídica en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 Vínculo a legislación y 34.2 Vínculo a legislación de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del gobierno y Consejo consultivo de Castilla-La Mancha.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 15 de febrero de 2022, Dispongo:

Artículo único. Modificación de los estatutos de la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, aprobados por el Decreto 7/2011, de 8 de febrero Vínculo a legislación.

Único. El apartado 2 del artículo 16, La Dirección-Gerencia, los estatutos de la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha queda redactado del siguiente modo:

2) El ejercicio del cargo de titular de la Dirección-Gerencia estará sujeto al régimen de incompatibilidades de altos cargos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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