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Medidas para los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales

07/02/2022
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Resolución de 02/02/2022, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Resolución de 31/01/2022, por la que se aprueban medidas para los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 (DOCM de 4 de febrero de 2022). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 02/02/2022, DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 31/01/2022, POR LA QUE SE APRUEBAN MEDIDAS PARA LOS CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS DE SERVICIOS SOCIALES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19.

En fecha 24 de septiembre de 2021 se publicó en el DOCM núm. 185, el Decreto 96/2021, de 23 de septiembre, sobre medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

El objeto de este decreto es establecer las medidas de prevención y control generales para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, así como determinar las medidas de prevención y control específicas en función de los distintos escenarios epidemiológicos derivados del riesgo sanitario, para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2. Asimismo, tiene por objeto establecer las directrices de actuación del Sistema de Vigilancia de COVID-19 en Castilla-La Mancha.

El artículo 2.4 del citado Decreto establece que la decisión del nivel de riesgo sanitario y la adopción de las medidas corresponde al órgano que ostente la condición de Autoridad Sanitaria, teniendo en cuenta el ámbito geográfico afectado por las mismas, y se realizará mediante resolución al efecto, en la que se declarará el nivel de riesgo correspondiente.

La Resolución de 31 de enero de 2022, de la Consejería de Sanidad, aprueba las medidas para los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 (DOCM núm. 22, de 2 de febrero de 2022).

En su virtud y en el ejercicio de la competencia atribuida por el Decreto 96/2021, de 23 de septiembre, sobre medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y en el artículo 2 Vínculo a legislación del Decreto 81/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Sanidad, el Consejero de Sanidad, Resuelve:

Primero. Modificación de la Resolución de 31 de enero de 2022, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban medidas para los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Se modifica el punto 7.º del apartado tercero 1.a) de la Resolución de 31 de enero de 2022, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban medidas para los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, quedando redactado en los siguientes términos:

“7.º Quedan suspendidas las salidas en residencias de personas mayores de una duración menor de 7 días. Durante dicha salida se deberán extremar las precauciones y deberá permanecer en un entorno estable. A su vuelta al centro deberá realizarse PDIA.”

Segundo. Ratificación jurisdicción contencioso-administrativa.

Se dará traslado de esta resolución a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.8 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para la ratificación de aquellas medidas que pudieran afectar a derechos fundamentales.

Tercero. Efectos y recursos.

1. La presente resolución producirá efectos desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

2. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Sanidad, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados uno y otro plazo desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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