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II Premios Igualdad

12/01/2022
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El Consejo General de la Abogacía Española ha convocado la segunda edición de los `Premios Igualdad de la Abogacía´, que reconocen públicamente la labor de personas o entidades que, relacionados con el ejercicio de la abogacía, trabajan para erradicar la discriminación por razón de sexo o género y avanzar hacia la igualdad real y efectiva.

BASES

1. OBJETIVO

1. El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) ha constituido los Premios a la lucha por la Igualdad, que pasarán a denominarse “Premios Igualdad de la Abogacía”, con el fin de reconocer públicamente la labor de quienes desde su posición en el ejercicio de la Abogacía, o en estrecha relación con este ámbito, ya sean personas físicas o jurídicas, o sus organizaciones, trabajan para erradicar la discriminación por razón de sexo o género y para avanzar hacia la igualdad plena, real y efectiva, entre mujeres y hombres.

2. En el supuesto de que la persona o entidad premiada lo precise, en razón de las circunstancias singulares en que desarrolle su actividad, el CGAE adquiere el compromiso de participar, en la medida de sus posibilidades, en las redes de apoyo a estas personas o entidades a las que se les conceda el galardón.

3. El CGAE adquiere igualmente el compromiso de dar el reconocimiento público y la difusión que las personas o entidades galardonadas se merecen, sirviendo de ejemplo para hacer efectiva la igualdad en la sociedad actual, tanto a nivel nacional como a nivel internacional.

4. Las expresadas distinciones podrán ser concedidas, incluso a título póstumo, a quienes en el ejercicio de la Abogacía se hayan destacado en su trabajo para erradicar la discriminación por razón de sexo o género y para avanzar hacia la igualdad plena, real y efectiva, entre mujeres y hombres.

5. Las expresadas distinciones no podrán ser otorgadas a políticos que se encuentren en activo.

2. PERIODICIDAD

Página 2 Los premios tendrán una periodicidad anual y serán entregados en el mes de marzo, coincidiendo, de forma exacta o aproximadamente, con el Día Internacional de la Mujer (8 de marzo).

3. PREMIOS

1. Se instituye un Premio Nacional y otro Premio Internacional en función de donde se desempeñe la labor indicada en la Base 1.1.

2. Cada premio consistirá en la entrega de un objeto artístico representativo de los valores que animan y orientan su concesión; y, adicionalmente, la cantidad en que, en cada convocatoria, en función de la disponibilidad presupuestaria, se establezca por el CGAE como dotación en metálico.

3. Dicha cuantía, a criterio del jurado, será destinada, (i) bien a la propia persona o entidad premiada si, de acuerdo con sus circunstancias, precisa apoyo para continuar la labor por la que ha merecido tal reconocimiento; o (ii) bien a la entidad asociativa u organización no gubernamental, sin ánimo de lucro en todo caso, que la persona premiada indique y que comparta el espíritu y objetivos que animan el presente galardón, con el fin igualmente de apoyar la labor de dicha entidad u organización.

4. CANDIDATURAS

1. Cualquier miembro del CGAE; así como cualquier institución, entidad u organismo relacionado con la Abogacía o que comparta los objetivos que animan la institución de estos premios, podrá proponer a aquellas personas o entidades que crean merecedoras del premio, motivando la nominación y los méritos para ello, aportando en su caso la documentación que considere oportuna para justificar tal merecimiento.

2. En la fecha que establezca el CGAE y con antelación suficiente en todo caso, se abrirá un plazo de cuarenta y cinco (45) días naturales para recibir las candidaturas al premio.

3. Dichas candidaturas serán remitidas a la Presidencia del CGAE, que, previo informe de la Comisión de Igualdad, podrá requerir la ampliación de la información facilitada a los efectos de dilucidar qué personas o entidades merecen ser propuestas para el galardón.

4. Recibidas las candidaturas en el plazo determinado, la Comisión Permanente del CGAE, previo informe de la Comisión de Igualdad, emitirá en el plazo de un (1) mes un dictamen sobre éstas, ordenándolas en atención a los méritos que en ellas concurren, indicando los datos por los cuales se estima que las personas propuestas merecen el premio.

5. JURADO

1. El jurado se designará por el Pleno del CGAE, previa propuesta de la Comisión de Igualdad, para cada convocatoria anual de los premios, y en todo caso previamente a la apertura del plazo de recepción de candidaturas antes señalado.

2. El jurado deberá estar compuesto por seis personas, respetando la paridad entre ambos sexos, relevantes en el ámbito jurídico, institucional, social y comprometidas con los objetivos del galardón. Serán miembros natos del jurado quienes ostenten la presidencia del CGAE y de su Comisión de Igualdad junto con una decana o decano de los Colegios de la Abogacía de España que se designará por insaculación. La Presidencia del Jurado tendrá voto dirimente en caso de empate, y corresponderá a quien ostente la Presidencia del CGAE. Ejercerá las funciones de Secretaría del jurado, con voz pero sin voto, la persona que ostente la Secretaría General del CGAE o quien reglamentariamente le sustituya, que levantará acta de la decisión final del jurado y su motivación.

6. PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LA PERSONA O ENTIDAD PREMIADA. PARÁMETROS A CONSIDERAR

1. Una vez constituido formalmente el jurado, la Presidencia del CGAE, previo informe de la Comisión de Igualdad, dará traslado del dictamen con las candidaturas definitivas en el plazo de quince (15) días naturales desde la constitución del jurado.

2. Los parámetros para la elección se regirán por los objetivos generales recogidos en la normativa legal en materia de igualdad de mujeres y hombres y lucha contra la discriminación; destacando principalmente:

a) La igualdad y el desarrollo de la labor profesional desde la perspectiva de género.

b) El tratamiento igualitario a mujeres y hombres, en un contexto de equilibrio y en el ámbito de las distintas actividades en el sector jurídico.

c) Los valores sociales de igualdad y diversidad, rompiendo la vinculación tradicional de los roles y estereotipos de género.

d) Las dificultades para llevar a cabo la labor descrita en el entorno donde se ejerza la actividad profesional.

e) El esfuerzo y tiempo empleado en la labor descrita.

f) Los resultados obtenidos en el ejercicio de dichas actividades.

3. El jurado deberá elegir, en el plazo de (1) un mes desde la recepción del dictamen mentado, las candidaturas merecedoras del Premio Nacional y del Premio Internacional.

4. La Presidencia del CGAE contactará con las personas o entidades galardonadas, comunicándoles la elección, así como la fecha en que se entregará el premio, poniendo el CGAE los medios necesarios para su comparecencia al acto de entrega.

5. Las candidaturas no premiadas podrán ser tenidas en consideración para ediciones posteriores del premio.

6. Todas las fechas y plazos antes indicados tienen carácter orientativo y serán disponibles en todo caso por los órganos de gobierno del CGAE.

7. ENTREGA

1. Los premios serán entregados en un acto solemne por la Presidenta o el Presidente del CGAE, en fecha que, en lo posible, coincida, de forma exacta o aproximadamente, con el Día Internacional de la Mujer (8 de marzo).

2. El CGAE hará difusión de los premios y anunciará públicamente el acto solemne de entrega.

3. La ceremonia será pública, presidida por la Presidenta o el Presidente del CGAE, en la que se invitará a cada persona premiada, o a quien represente a la entidad premiada, a pronunciar un discurso en relación con la actividad que le ha llevado a ser objeto del galardón.

8. COLABORACIÓN CON LA RED DE APOYO Y SOLIDARIDAD

A fin de dar apoyo y difusión a las personas o entidades que desde su posición en el ejercicio de la Abogacía, o en estrecha relación con este ámbito, trabajan para hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombres y para luchar contra la discriminación por razón de género y que, en el desarrollo de tal actividad hayan de afrontar, debido al contexto en el que lleven a cabo su labor, singulares dificultades para tal desempeño, el CGAE se compromete a colaborar, en la medida de sus posibilidades y como estime conveniente, con las redes de apoyo y solidaridad con las que cuenten las entidades o personas premiadas que estén en situaciones de riesgo.

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