Diario del Derecho. Edición de 17/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 20/12/2021
 
 

Instituto Universitario Mixto de Investigación en Banca y Finanzas Santander Financial Institute

20/12/2021
Compartir: 

Decreto 108/2021, de 10 de diciembre por el que crea el Instituto Universitario Mixto de Investigación en Banca y Finanzas Santander Financial Institute (SANFI) (BOCA de 17 de diciembre de 2021). Texto completo.

DECRETO 108/2021, DE 10 DE DICIEMBRE POR EL QUE CREA EL INSTITUTO UNIVERSITARIO MIXTO DE INVESTIGACIÓN EN BANCA Y FINANZAS SANTANDER FINANCIAL INSTITUTE (SANFI).

La Comunidad Autónoma de Cantabria, en virtud del artículo 28 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, tiene atribuida la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 Vínculo a legislación de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149, y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

El traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de universidades, se produjo por Real Decreto 1382/1996, de 7 de junio. Por Decreto 50/1996, de 10 de junio Vínculo a legislación, de asunción de funciones y servicios transferidos por el Estado y atribución a órganos de la Administración Autonómica, se atribuye la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de universidades a la Consejería competente en Educación.

La Ley Orgánica 6/2011, de 21 de diciembre, de Universidades establece en su artículo 10.1 que los Institutos Universitarios de Investigación son centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística, pudiendo organizar y desarrollar programas y estudios de doctorado y postgrado según los procedimientos previstos en los Estatutos y proporcionar el asesoramiento técnico en el ámbito de su competencia.

La citada Ley, en su redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril Vínculo a legislación, de modificación, señala en el apartado 2 del artículo 10 que los Institutos Universitarios de Investigación podrán ser constituidos por una o más universidades, o conjuntamente con otras entidades públicas o privadas mediante convenios u otras formas de cooperación, de conformidad con los estatutos.

Asimismo, las universidades, conjuntamente con los organismos públicos de investigación, con los centros del Sistema Nacional de Salud y con otros centros de investigación públicos o privados sin ánimo de lucro, promovidos y participados por una administración pública, podrán constituir Institutos Mixtos de Investigación. A estos efectos, y de acuerdo con lo que establezcan los estatutos de las universidades, el personal docente e investigador podrá ser adscrito a los citados Institutos Mixtos de Investigación.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2 y 10. 3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre Vínculo a legislación, de Universidades, la creación de Institutos Universitarios de Investigación será acordada por la Comunidad Autónoma, bien a propuesta del Consejo Social o bien por propia iniciativa con el acuerdo del referido Consejo, en todo caso previo informe del Consejo de Gobierno de la Universidad.

Asimismo, de acuerdo con los mismos preceptos deberá ser informado el Consejo de Coordinación Universitaria.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Cantabria, en su reunión de fecha 31 de enero de 2020, adoptó el acuerdo de proponer al Gobierno de Cantabria la creación del Instituto Universitario de Investigación Mixto entre la Universidad de Cantabria y la Fundación de la Universidad de Cantabria para el Estudio y la Investigación del Sector Financiero (UCEIF), bajo la denominación de "Santander Financial Institute" (SANFI). Dicho acuerdo cuenta con el informe favorable del Consejo Social de la Universidad de Cantabria, emitido en la sesión del citado organismo celebrada el 10 de febrero de 2020.

El Consejo de Gobierno de Cantabria, en su sesión de 3 de junio de 2021, acordó aprobar la creación del Instituto Universitario Mixto de Investigación en Banca y Finanzas, Santander Financial Institute (SANFI), de titularidad compartida entre la Universidad de Cantabria y la Fundación de la Universidad de Cantabria para el estudio y la investigación del sector financiero (UCEIF).

El Instituto Universitario Mixto de Investigación en Banca y Finanzas "Santander Financial Institute" (SANFI), estará dedicado a la investigación en banca y finanzas, en sus apartados de investigación básica y aplicada. Asimismo, desarrollará la formación en dichos ámbitos de investigadores y profesionales, así como la transferencia de conocimientos financieros y económicos a todos los implicados en el sector financiero y a la sociedad en general, promoviendo para ello las actuaciones y eventos necesarios.

En virtud de lo anterior y, a propuesta del señor consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 35.d) Vínculo a legislación de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Publico Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 10 de diciembre de 2021, DISPONGO

Artículo Primero. Creación del Instituto Universitario.

Se crea, como Instituto Universitario de Investigación de titularidad compartida entre la Universidad de Cantabria y la Fundación de la Universidad de Cantabria para el Estudio del Sector Financiero, el Instituto Universitario Mixto de Investigación en Banca y Finanzas "Santander Financial Institute" (SANFI).

Artículo Segundo. Régimen jurídico.

1. El Instituto Universitario Mixto de Investigación en Banca y Finanzas "Santander Financial Institute" (SANFI), se regirá por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre Vínculo a legislación, de Universidades; por el Decreto 26/2012, de 10 de mayo Vínculo a legislación, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Cantabria; por el presente Decreto y por su Reglamento de Régimen Interno.

2. La actividad del SANFIse centra en torno a la investigación en banca y finanzas, en sus apartados de investigación básica y aplicada. Asimismo, podrá desarrollar la formación en dichos ámbitos de investigadores y profesionales, y la transferencia de conocimientos financieros y económicos, a todos los implicados en el sector financiero y a la sociedad en general, promoviendo para ello las actuaciones y eventos necesarios Disposición adicional única.

Comunicación a la Conferencia General de Política Universitaria De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, el presente Decreto será comunicado a la Conferencia General de Política Universitaria.

Disposición final única.

Entrada en vigor El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana