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Webinario Una visión normativa y jurisprudencial sobre la violencia machista en España

15/12/2021
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La Escuela Gallega de Administración Pública convoca el “Webinario: Una visión normativa y jurisprudencial sobre la violencia machista en España”.

BASES

Primera. Objetivos y contenidos

El objetivo principal de esta actividad es dar a conocer los resultados de los estudios realizados por el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género en los que se analizan, desde un punto de vista científico-profesional, los datos de la violencia machista en España y el resultado de las últimas modificaciones legislativas y de su aplicación por los órganos judiciales, así como de la coordinación entre las instituciones para tejer las redes de protección a las víctimas.

También se analizarán de cara a los retos de futuro del tratamiento de la violencia de género, en el marco del nuevo Pacto de Estado contra la violencia de género, renovado el pasado 25 de noviembre.

Segunda. Personas destinatarias

Esta actividad está dirigida al personal empleado público en situación de servicio activo o asimilada, de la Administración autonómica gallega, de sus entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional, de la Administración local, de la Administración de justicia y de las universidades del Sistema universitario de Galicia.

Tercera. Desarrollo

Fecha: jueves 16 de diciembre de 2021.

Modo de impartición: telepresencia.

Horario: de 12.00 a 14.00 horas.

Duración: 2 horas lectivas.

El funcionamiento básico de la plataforma de telepresencia requiere que cada alumno/a disponga de los siguientes componentes:

1. Ordenador de sobremesa, portátil o smartphone.

2. Conexión estable a internet.

3. Navegador web Google Chrome o Mozilla Firefox en las últimas versiones.

4. Altavoces (si el monitor o equipo no dispone de ellos).

Cuarta. Número de plazas

Cien (100).

Quinta. Inscripción

1. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solamente podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección “https://egap.xunta.gal/matricula”. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Igualdad y violencia de género) y después seleccionar en nombre del curso: webinario Una visión normativa y jurisprudencial sobre la violencia machista en España.

3. El plazo para inscribirse estará abierto desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.55 horas del día 14 de diciembre de 2021.

4. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad todas las personas deberán introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con lo establecido en la base segunda de esta convocatoria respecto de las personas destinatarias.

5. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

6. La presentación de la solicitud para participar comportará el consentimiento de la persona interesada para la grabación de la sesión.

Sexta. Comprobación de datos

1. Para tramitar el procedimiento se consultarán los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de esta actividad formativa.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán enviar un correo electrónico a [email protected], con la indicación expresa a este respecto, en el que deberán adjuntar la documentación que acredite la Administración a la que pertenezcan, su situación administrativa y el tipo de personal.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

4. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

Séptima. Criterios de selección

El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes hasta completar el número de plazas.

Octava. Publicación del listado del alumnado seleccionado

En el apartado de esta actividad de la página web de la EGAP (https://egap.xunta.gal/) se publicará el listado de las personas seleccionadas, así como también un número adecuado de reservas en caso de que el número de solicitudes recibidas fuese superior al número de plazas.

Se entenderá que las personas que no figuren en ninguno de los listados fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria, ocupan un puesto más alejado en el listado de espera o fueron excluidas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo, punto 6.º, de la Resolución de 4 de enero de 2008 por la que se actualizan los criterios de participación en las actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (DOG núm. 7, de 10 de enero).

Novena. Cambios o sustituciones en la selección. La renuncia. La asistencia y seguimiento

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas solamente podrán renunciar a la actividad formativa:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

• Por razones de conciliación familiar.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia deberá ser comunicada enviando un correo electrónico a [email protected], como máximo el día 15 de diciembre a las 14.00 horas, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre). En la página web de la Escuela estará disponible un modelo de renuncia.

c) Las personas que incumplan lo previsto en las alíneas a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y la puntualidad. El seguimiento de la actividad:

a) Son obligatorias la asistencia a la sesión de esta actividad formativa y la puntualidad.

b) El seguimiento de la actividad:

1. Durante la actividad formativa se realizarán controles de seguimiento de esta actividad.

2. El no seguimiento de la actividad deberá justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado de seguimiento de esta actividad formativa.

3. Aquellas personas con un seguimiento inferior al 50 % de las horas lectivas de la actividad pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Décima. Certificado oficial

Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de seguimiento de esta actividad, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas inscritas siempre que su seguimiento fuese igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la fecha y el modo de seguimiento de la actividad, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Undécima. Facultades de la EGAP

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

2. La EGAP garantizará en la acción derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

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