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Cuando el castellano es residual; por Andrés Betancor, catedrático de Derecho administrativo

03/12/2021
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El día 3 de diciembre de 2021 se ha publicado, en el diario El Mundo, un artículo de Andrés Betancor en el cual el autor opina que mientras haya democracia, Estado de Derecho, a los ciudadanos nos queda la esperanza de que, tarde e, incluso, mal, nuestros derechos serán protegidos.

CUANDO EL CASTELLANO ES RESIDUAL

Nos debería abochornar como sociedad el que en una parte del territorio español no está garantizado que -al menos- el 25% de las horas de docencia se imparta en castellano cuando la Constitución reconoce la igualdad de todos los españoles (art. 14 y 139) y al castellano como la lengua que “todos los españoles tienen el deber de conocer y el derecho a usarla” (art. 3). Esto sucede en el año 2021 y en Cataluña donde “el uso vehicular de la lengua castellana en el sistema de enseñanza de Cataluña es residual” porque “la media de horas de utilización del castellano en los centros de enseñanza es del 18% en el caso de la educación primaria, del 19% en los centros de educación secundaria obligatoria y del 26% en el caso del bachillerato. Asimismo, sólo cinco de los 184 centros incluidos en la muestra imparten íntegramente en lengua castellana un 25% de las áreas o materias, de las que al menos una es troncal aparte de la enseñanza del castellano, en todos los cursos o grupos. Concretamente cumplen este estándar un 2% de los centros de educación primaria y un 12% de los centros de bachillerato”. Esto es lo que afirma, de manera categórica, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en la sentencia de 16 de diciembre de 2020, que ha devenido firme por la inadmisión por el Tribunal Supremo del recurso de casación. Así resulta de la prueba practicada (un estudio muestral). Esta es la realidad, dramática, y abochornante.

Unos y otros gobiernos de la nación, tanto los del PSOE como los del PP, han mirado hacia otro lado. Han permitido, con su indolencia y conllevanza, que se haya consolidado esta discriminación que afecta a millones de españoles, esto es, a todos los catalanes, a quienes se les ha hurtado, por el nacionalismo, recibir docencia tanto en catalán como en castellano como lenguas vehiculares. El éxito del soberanismo estos años ha sido tal que ha hecho olvidar lo que la Carta Magna dispone, como lo ha interpretado el Tribunal Constitucional, sobre las lenguas de la enseñanza. No se trata, como algunos quieren propagar, de una cuestión de lenguas de estudio (la asignatura de castellano), sino de lenguas de enseñanza. Y, como tal, una exigencia general, un requisito común a todo el sistema educativo, para garantizar la igualdad básica de todos los españoles en relación con el disfrute del derecho del artículo 3 de la Constitución y el cumplimiento del deber que prescribe.

Al negarse que se trata de un requisito, ha depositado en los padres la exigencia de su cumplimiento, como si se tratara de elegir el menú del comedor, la ruta, las extraescolares o el deporte. No, no es eso. En las escuelas públicas y concertadas nadie tiene derecho a elegir las lenguas vehiculares, como no se tiene libertad para elegir otras características de la educación. La renuncia de los gobernantes ha obligado a que los padres se movilicen. En efecto, poco a poco, a golpe de recurso, han ido consiguiendo que la lentísima maquinaria del Estado de Derecho les vaya dando la razón. Cuando el Legislativo renuncia y el Ejecutivo mira hacia otro lado, sólo queda el Judicial, el recurso a los tribunales.

El primer paso, se hizo de rogar. En el año 2010, el Tribunal Supremo reconoció, por primera vez, el derecho del recurrente a que el castellano se utilice como lengua vehicular en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cataluña. El problema para la efectiva realización de ese derecho estaba en la fijación de la proporción de horas que debía reservarse al castellano en relación con el catalán. Deberemos esperar a un Auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 30 de enero de 2014 que fijó la proporción mínima del 25% de la docencia en castellano. Y, siete años después, en 2021, seguimos esperando a que se cumpla ese porcentaje en todas las escuelas catalanas. La Generalitat ha hecho todo lo posible y lo imposible para impedirlo: lo ha recurrirlo todo, tantas veces como fuese posible y en todas las instancias, a pesar de que volvía a recurrir lo ya resuelto de manera firme en otras sentencias anteriores, obligando a los padres, incluso, a impugnar los proyectos lingüísticos de los colegios.

En un Estado democrático de Derecho, son las leyes las que garantizan los derechos de sus ciudadanos, menos cuando se trata de la docencia en castellano en Cataluña; y el Gobierno de la nación, a través de la alta inspección (artículos 149 y 150 Ley orgánica 2/2006, de Educación), su más firme garante, menos cuando se trata, también, de la docencia en castellano en Cataluña. Cada uno de los padres ha tenido que asumir la carga de hacerlo respecto de su hijo. Bajo la tiranía nacionalista, eso significa identificarse como enemigo de la causa, y arrostrar las consecuencias. Porque defender los derechos, en Cataluña, supone asumir el riesgo de la marginación, no sólo en la órbita pública, sino también en la privada. El nacionalismo ha colonizado todas las instituciones, también las sociales, las reglas que moldean la convivencia colectiva; ha impuesto las suyas y aquellos que las atacan son traidores a la nación ficticia y enfebrecida que ha creado.

La Sentencia del Tribunal Superior de Cataluña de 16 de diciembre de 2020 marca, sin embargo, un nuevo hito al declarar con carácter general “la obligación de la Generalidad de adoptar las medidas que sean necesarias a efectos de garantizar que, en las enseñanzas comprendidas en el sistema educativo de Cataluña, todos los alumnos reciban de manera efectiva e inmediata la enseñanza mediante la utilización vehicular normal de las dos lenguas oficiales en los porcentajes que se determinen, que no podrán ser inferiores al 25% en uno y otro caso”. Por primera vez, se impone esta obligación para su disfrute por todos los alumnos, sin necesidad de pedirlo. Y, por enésima vez, la Generalitat hará todo lo posible para impedirlo. Ya lo ha anunciado. Conociendo los antecedentes, aplicará una estrategia de resistencia, no necesariamente pacífica, para agotar, ganar tiempo, e, incluso, conseguir que el Gobierno de la Nación se implique y se sirva del ariete legislativo. Aunque lo tienen complicado porque la doctrina del Tribunal Constitucional, la de la sentencia del Estatut (21/2010), es clara al establecer el carácter vehicular de las dos lenguas, descartar la exclusividad de alguna y prohibir la exclusión del castellano como lengua docente.

La sentencia resuelve el recurso interpuesto por el Ministerio de Educación, siendo ministro José Ignacio Wert, contra distintas decisiones de la Generalitat que no respetaban la vehicularidad del castellano y la proporción que le correspondía. Seis años después se habrá de iniciar el procedimiento de ejecución del fallo. Y nos encontramos con la situación insólita, esperpéntica e, incluso, inadmisible, de que la Administración General del Estado, la que interpuso el recurso, silencia si va a promover la ejecución forzosa del fallo ante la desobediencia ya anunciada de la Generalitat. De nada les va a servir. Los padres y las asociaciones que los representan, en tanto que “personas afectadas” por el fallo, podrán instar la ejecución, como reconoce la Ley (art. 104 Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa). No será nada fácil y aún menos rápido porque habrá de establecerse el cómo se cumple esa obligación judicial firme. La desobediencia de la Generalitat, otra vez más, deberá ser vencida judicialmente, incluso, en vía penal. Una nueva victoria del Estado de democrático de Derecho frente a la intolerancia de la política identitaria del nacionalismo. Una nueva victoria del activismo cívico, de los ciudadanos como garantes de sus derechos constitucionales, frente a la desidia de los políticos, la enemiga de los gobernantes y la persecución de los nacionalistas. Mientras haya democracia, Estado de Derecho, a los ciudadanos nos queda la esperanza de que, tarde e, incluso, mal, nuestros derechos serán protegidos. Nadie ha dicho que la libertad sea fácil de proteger y aún menos, de disfrutar.

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