MADRID, 18 (EUROPA PRESS)
El Supremo comparte con el TSJA la falta de justificación apropiada de la medida propuesta, que se postulaba de forma general para todo el territorio andaluz, aplicable a toda la población y municipios andaluces con independencia de la tasa de incidencia, sin vinculación a su situación sanitaria y a su evolución, y además de forma indefinida. Por ello, coincide con el TSJA en que no se habían justificado en este caso la idoneidad y necesidad de las medidas.