RESOLUCIÓN DE 3 DE AGOSTO DE 2021 POR LA QUE SE APRUEBA LA DECIMOSÉPTIMA MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE 11 DE MAYO DE 2021, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS SANITARIAS PARA LA PREVENCIÓN, CONTENCIÓN Y CONTROL DE LA PANDEMIA OCASIONADA POR EL COVID-19 EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.
Con fecha de 11 de mayo de 2021 se dictó la Resolución por la que se establecen medidas sanitarias para la prevención, contención y control de la pandemia ocasionada por el Covid-19 en la Comunidad Autónoma de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria extraordinario de n.º 34 de 11 de mayo de 2021). La propia exposición de motivos de la Resolución advertía que la misma nacía "con una filosofía de prudencia y con vocación de actualizarse en función de la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria".
En este sentido, el punto 2 del apartado primero de la Resolución de 11 de mayo de 2021 establece que "además de las medidas de aplicación general no vinculadas a un concreto nivel de alerta, las medidas previstas en la presente Resolución se adoptan en cada municipio atendiendo al nivel de alerta que corresponde a los mismos con arreglo a lo previsto en el Anexo de la presente Resolución. Dicho Anexo se actualizará con periodicidad semanal con arreglo al Documento de Criterios Técnicos de Evaluación Epidemiológica Territorializada adoptado el 11 de mayo de 2021 por la Dirección General de Salud Pública. En todo caso, de alcanzarse el nivel 4+ podrán adoptarse medidas singulares de prevención y mitigación no previstas en la presente Resolución". En este sentido, la presente Resolución procede a modificar el citado Anexo a la vista de la actualización de la evaluación epidemiológica realizada por la Dirección General de Salud Pública en informe emitido con fecha de 3 de agosto de 2021.
En su virtud, concurriendo razones sanitarias de urgencia y necesidad, al amparo del artículo 26 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, del artículo 54.1
de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública y del artículo 3
de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en materia de Salud Pública y de conformidad con el artículo 59.a)
de la Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública, RESUELVO
Primero. Modificación de la Resolución del consejero de Sanidad de 11 de mayo de 2021, por la que se establecen medidas sanitarias para la prevención, contención y control de la pandemia ocasionada por el Covid-19 en la Comunidad Autónoma de Cantabria Se modifica el Anexo que pasa a tener la siguiente redacción:
Tabla omitida.
Segundo. Efectos
La presente Resolución surtirá efectos a las 00.00 horas del día 5 de agosto de 2021.
Tercero. Recursos.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.