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Plantilla orgánica

07/05/2021
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Decreto Foral 30/2021, de 21 de abril, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 6 de mayo de 2021). Texto completo.

DECRETO FORAL 30/2021, DE 21 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

Diversos departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informan de la necesidad de modificar sus respectivas plantillas orgánicas a fin de ajustarlas a las necesidades reales de los mismos.

Por otro lado, al ser asuntos que se determinan en la plantilla orgánica, se recogen diferentes modificaciones planteadas por los Departamentos afectados sobre los requisitos de acceso a determinadas jefaturas. Estas modificaciones no tienen coste económico.

Por último, se reitera la prohibición de encomendar a las personas empleadas al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos la realización de funciones de superior nivel, grupo o categoría a aquél del que sean titulares, al margen de los procedimientos legales y reglamentarios establecidos.

Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiuno de abril de dos mil veintiuno,

DECRETO:

Artículo 1. Amortización y creación de plazas de la plantilla orgánica.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Uno.-Se amortizan las plazas que se relacionan seguidamente, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuesto de gastos:

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y MEDIO AMBIENTE

Secretaría General Técnica

-Una vacante de Administrativo, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 2499.

Dos.-Se crean las plazas que se relacionan seguidamente, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuesto de gastos:

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y MEDIO AMBIENTE

Secretaría General Técnica

-Una vacante de Diplomado en Ciencias Empresariales, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 11201.

Artículo 2. Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Se crean las plazas de la plantilla orgánica que se relacionan seguidamente y que cuentan con la correspondiente dotación económica en el Capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos:

DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS MIGRATORIAS Y JUSTICIA

Dirección General de Justicia

-Dos vacantes de Administrativo, de régimen funcionarial, nivel C, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 11202 y 11203.

Artículo 3.º Modificación de los requisitos de acceso a determinadas jefaturas.

Se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en el sentido que se indica:

Se modifica el Anexo I del Decreto Foral 112/2017, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en el sentido de modificar los requisitos específicos asignados a varias jefaturas, que deberán reunir las personas aspirantes a ocupar dichas jefaturas para su provisión por concurso de méritos:

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, IGUALDAD, FUNCIÓN PÚBLICA E INTERIOR

Dirección General de Función Pública

Jefatura de Sección de Promoción y Contratación Temporal.

Plaza: 4546.

Requisitos específicos:

-Nivel: A, B, C.

DEPARTAMENTO DE DERECHOS SOCIALES

Dirección General de Observatorio de la Realidad Social, de Planificación y de Evaluación de las Políticas Sociales

Jefatura de Negociado de Seguimiento del Empleo.

Plaza: 10028.

Requisitos específicos:

-Nivel: A, B, C.

DEPARTAMENTO DE SALUD

Dirección General de Salud

Jefatura de Sección de Planificación, Ordenación y Contratación de Servicios Sanitarios.

Plaza: 9973.

Requisitos específicos:

-Nivel: A, B.

DEPARTAMENTO DE RELACIONES CIUDADANAS

Dirección General de Acción Exterior

Jefatura de Sección de Coordinación e Impulso de Asuntos Europeos.

Plaza: 10298.

Requisitos específicos:

-Nivel: B, C.

-Idioma: Inglés B2.

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y MEDIO AMBIENTE

Secretaría General Técnica

Jefatura de Negociado de Apoyo a la Seguridad de la Información.

Plaza: 7986

Requisitos específicos:

-Nivel: A, B.

-Puesto de trabajo: Haber sido nombrado para un puesto de trabajo de Técnico Superior en Sistemas Informáticos o de Técnico de Grado Medio en Sistemas Informáticos.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Disposición adicional única.-Prohibición de encomendar a las personas empleadas al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos la realización de funciones de superior nivel, grupo o categoría a aquél del que sean titulares al margen de los procedimientos legales y reglamentarios establecidos.

Se reitera la prohibición de encomendar a las personas empleadas públicas al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos la realización de funciones de superior nivel, grupo o categoría a aquél del que sean titulares, al margen de los procedimientos legales y reglamentarios establecidos, advirtiendo a las autoridades competentes en materia de personal y a las personas titulares de las unidades orgánicas correspondientes de la responsabilidad en que pueden incurrir si propician o permiten tales desempeños de puestos de trabajo al margen de la normativa en vigor.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución de este decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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