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Reglamento de la Escuela de Ingeniería de Gipuzkoa

23/10/2020
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Acuerdo de 24 de septiembre de 2020, del Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por el que se aprueba la modificación del Reglamento de la Escuela de Ingeniería de Gipuzkoa (BOPV de 22 de octubre de 2020). Texto completo.

ACUERDO DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020, DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE INGENIERÍA DE GIPUZKOA.

En sesión de 16 de julio de 2020, la Junta de la Escuela de Ingeniería de Gipuzkoa acordó modificar el Reglamento del Centro (BOPV de 14 de octubre de 2016) para limitar el número de mandatos consecutivos en la dirección del Centro.

Es función de la Junta de la Escuela la elaboración y propuesta al Consejo de Gobierno, para su aprobación, del Reglamento del Centro y, por tanto, para su modificación.

La modificación propuesta cuenta con el correspondiente informe de legalidad.

Corresponde al Consejo de Gobierno aprobar definitivamente las modificaciones de los Reglamentos de los Centros.

Por lo expuesto, a propuesta del Secretario General, el Consejo de Gobierno

ACUERDA:

Primero.- Modificar el artículo 14.2 del Reglamento de la Escuela de Ingeniería de Gipuzkoa de la UPV/EHU, que quedará redactado como sigue:

“2.- La presentación de candidaturas para ser Director o Directora de la Escuela irá acompañada de la estructura y personas de su equipo de gobierno y de su programa, y avalada por la firma de 8 miembros de Junta. La Directora o Director comienza a ejercer sus funciones con el nombramiento por el Rectorado. La duración del mandato será de cuatro años y, siguiendo el Reglamento Marco de Centros de la UPV/EHU, se establece un límite máximo de dos mandatos consecutivos.”

Segundo.- Ordenar la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.- La modificación del Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

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