Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/10/2020
 
 

Operaciones de endeudamiento

19/10/2020
Compartir: 

Orden Foral 115/2020, de 9 de octubre, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que, al amparo del Acuerdo de Gobierno de 19 de agosto de 2020 en el que se dispone la realización de operaciones de endeudamiento, se realiza una emisión de Deuda de Navarra por importe de 60.000.000 euros y se fijan las características de la misma (BON de 16 de octubre de 2020). Texto completo.

ORDEN FORAL 115/2020, DE 9 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE, AL AMPARO DEL ACUERDO DE GOBIERNO DE 19 DE AGOSTO DE 2020 EN EL QUE SE DISPONE LA REALIZACIÓN DE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO, SE REALIZA UNA EMISIÓN DE DEUDA DE NAVARRA POR IMPORTE DE 60.000.000 EUROS Y SE FIJAN LAS CARACTERÍSTICAS DE LA MISMA.

Mediante Acuerdo de Consejo de Ministros, de 6 de octubre de 2020, se autorizó a la Comunidad Foral de Navarra a formalizar préstamos a largo plazo y emitir Deuda Pública por un importe máximo de 331.000.000 euros.

Por su parte, el Gobierno de Navarra por Acuerdo de Gobierno, de 19 de agosto de 2020, dispuso la formalización de operaciones de endeudamiento por un importe máximo de 331.000.000 euros.

Este Acuerdo de Gobierno en su punto 4.º faculta, por delegación, a la Consejera de Economía y Hacienda para fijar el tipo de interés y el plazo de la emisión. Asimismo, el punto 5.º establece que la Consejera de Economía y Hacienda, mediante Orden Foral, concretará las condiciones de la emisión, facultándole para adoptar las medidas y resoluciones necesarias para la ejecución del mencionado Acuerdo.

Por tanto, contando con las autorizaciones requeridas conforme a la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril Vínculo a legislación, de la Hacienda Pública de Navarra, conforme a la Ley Foral 5/2020, de 4 de marzo Vínculo a legislación de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2020 y según lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril Vínculo a legislación, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad financiera, procede concretar la totalidad de las condiciones de la 32.ª emisión de obligaciones de la Deuda de Navarra.

En consecuencia,

ORDENO:

1.º Realizar una emisión de Deuda de Navarra con las siguientes características:

Importe: 60.000.000 euros.

Instrumentación: obligaciones simples, de 1.000 euros de valor nominal cada una.

Representación de las obligaciones: las obligaciones se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Renta Fija AIAF, gestionado por la “Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima” (IBERCLEAR).

Negociación de los valores: la Deuda de Navarra cotizará en el Mercado de Renta Fija AIAF.

Fecha de emisión: 22 de octubre de 2020.

Amortización: a la par, el 22 de octubre de 2035.

Precio de emisión: 99,728 %.

Tipo de interés: fijo, el 0,55 % anual (Act/Act). MFBD-non ajusted.

Pago de cupón: por anualidades vencidas, el día 22 de octubre de cada año.

Aseguramiento de la emisión: la entidad financiera adjudicataria asegurará el importe total de la emisión, para lo que se formalizará el correspondiente contrato.

Tratamiento fiscal: para los sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas los rendimientos en concepto de intereses estarán sujetos a retención, según la normativa legal vigente. Para las rentas obtenidas por los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades no existirá obligación de retener ni de ingresar a cuenta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 Vínculo a legislación del Decreto Foral 114/2017, de 20 de diciembre.

2.º Publicar esta orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana