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Medias de prevención, protección, vigilancia y promoción de la salud COVID-19 en los centros y servicios educativos docentes no universitarios

03/09/2020
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Acuerdo de 1 de septiembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento de la composición y constitución de las Comisiones Autonómica y Provincial para el seguimiento de las medias de prevención, protección, vigilancia y promoción de la salud COVID-19 en los centros y servicios educativos docentes no universitarios de Andalucía (BOJA de 2 de septiembre de 2020). Texto completo.

ACUERDO DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2020, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DE LA COMPOSICIÓN Y CONSTITUCIÓN DE LAS COMISIONES AUTONÓMICA Y PROVINCIAL PARA EL SEGUIMIENTO DE LAS MEDIAS DE PREVENCIÓN, PROTECCIÓN, VIGILANCIA Y PROMOCIÓN DE LA SALUD COVID-19 EN LOS CENTROS Y SERVICIOS EDUCATIVOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS DE ANDALUCÍA

El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, en su artículo 10, la consecución del pleno empleo estable y de calidad en todos los sectores de la producción, con singular incidencia en la salvaguarda de la seguridad y salud laboral, la conciliación de la vida familiar y laboral. Igualmente, en su artículo 22, garantiza el derecho constitucional previsto en el artículo 43 Vínculo a legislación de la Constitución Española a la protección de la salud. El artículo 36 establece la obligación de todas las personas de colaborar en situaciones de emergencia. En su artículo 55.2, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en la ordenación y la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos.

La Organización Mundial de la Salud, OMS en adelante, ha declarado la emergencia en salud pública de importancia internacional y la pandemia global ante la situación del coronavirus COVID-19, con fechas 30 de enero y 11 de marzo de 2020, respectivamente. Hacer frente a esta emergencia requiere adoptar una serie de medidas orientadas a proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.

En virtud de ello, la Consejería de Salud y Familias empezó a tomar medidas de carácter extraordinario para prevenir contagios y centrar los esfuerzos en la lucha contra la pandemia, desde el día 3 de marzo.

Con motivo de la situación de emergencia de salud pública relacionada en los párrafos anteriores, el Gobierno de la Nación acordó declarar, mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo Vínculo a legislación, el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Dicho estado de alarma fue prorrogado sucesivamente por Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo Vínculo a legislación, Real Decreto 487/2020, de 10 de abril Vínculo a legislación, Real Decreto 492/2020, de 24 de abril Vínculo a legislación, Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo Vínculo a legislación, Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, y por Real Decreto 555/2020, de 5 de junio Vínculo a legislación.

En el ámbito estatal se ha dictado el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio Vínculo a legislación, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En el ámbito autonómico, la Consejería de Salud y Familias ha dictado la Orden de 19 de junio de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19), una vez superado el estado de alarma, que ha sido objeto de diversas modificaciones para incluir nuevas medidas.

Con fecha 29 de junio, la Consejería de Salud y Familias en colaboración con la Consejería de Educación y Deporte elaboró un documento donde se recogen las medidas de prevención, protección, vigilancia y promoción de la salud ante el COVID-19 en Centros y Servicios Educativos docentes no universitarios de Andalucía para el curso 2020-2021. Dicho documento recoge una serie de actuaciones referidas al control y gestión de casos relacionados con la COVID-19 en el ámbito escolar no universitario. De este documento tomó conocimiento el Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de 28 de agosto de 2020.

Dada la situación actual de la epidemia, el importante impacto en salud y equidad del cierre de los centros educativos, la necesidad desde el punto de vista de salud pública de continuar con medidas de prevención y control de COVID-19, y la necesidad de convivir con la incertidumbre de cómo va a evolucionar la pandemia, ha sido necesario el diseño de una estrategia para el sistema educativo a partir de septiembre consensuada por los diferentes agentes implicados.

El comienzo del curso 2020-2021, debe realizarse a partir de una planificación profunda y rigurosa que permita, además de establecer las medidas necesarias para prevenir y controlar la pandemia, cumplir los objetivos educativos y de sociabilidad, que favorezcan el desarrollo óptimo de la infancia y adolescencia, paliar la brecha educativa generada, prevenir el fracaso escolar, el abandono educativo temprano y garantizar la equidad.

Para ofrecer un entorno escolar seguro al alumnado y personal de los centros educativos, en esta situación excepcional, ha sido necesario ser conscientes de la necesidad de establecer una serie de medidas de prevención e higiene y arbitrar medidas de especial protección para aquellos colectivos de mayor vulnerabilidad para COVID-19, con el fin de que se puedan desarrollar las actividades propias del sistema educativo minimizando al máximo el riesgo. El seguimiento de estas medidas y recomendaciones tiene como objetivo contribuir a que docentes y personal del centro, alumnado y familias afronten esta apertura de los centros de forma segura y contribuyan a reducir el riesgo de contagio. Es importante recordar que el esfuerzo no ha de centrarse únicamente en esta inmediata apertura de centros, sino que es necesario mantenerlo mientras exista el riesgo de expansión del virus.

Por todo ello, la planificación desde el centro y el desarrollo de protocolos que garanticen la coordinación son fundamentales. Es necesario reforzar el trabajo intersectorial a nivel local y la coordinación entre niveles de la administración, para posibilitar soluciones colaborativas y adaptadas a la realidad de cada centro educativo que posibiliten el cumplimiento de las medidas preventivas, así como para facilitar la comunicación necesaria tanto para la gestión de los posibles casos o brotes de COVID-19, como para la atención de aquellas situaciones de mayor vulnerabilidad social.

Así pues, se van a constituir, en el plazo de 3 días de la publicación del presente acuerdo en el BOJA, una Comisión Autonómica y una Comisión Provincial, para el seguimiento de las medidas de prevención, protección, vigilancia y promoción de salud. COVID-19 en los centros y servicios educativos docentes no universitarios de Andalucía cuyo objetivo es el seguimiento de la aplicación de estas medidas y la toma de decisiones conforme se pueda ir modificando la situación de la pandemia o fuera necesario la modificación o adaptación de las medidas y/o recomendaciones implementadas. La composición de dichas Comisiones será la siguiente:

1) Comisión Autonómica:

a) Persona referente COVID Autonómico de salud.

b) Persona titular de la Subdirección de Protección de la Salud.

c) Una persona representante del Servicio Vigilancia y Salud Laboral de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica.

d) Persona titular de la Subdirección de Asistencia Sanitaria/Coordinación Salud.

e) Persona titular de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional.

f) Persona titular de la Dirección General de Planificación y Centros.

g) Persona responsable de prevención de Riesgos Laborales.

h) Un técnico responsable de promoción de hábitos saludables.

2) Comisión Provincial:

a) Persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de educación.

b) Persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de salud.

c) Persona referente COVID Provincial de salud.

d) Persona titular de la Jefatura de Servicio Salud de la Delegación Territorial.

e) Persona titular de la Jefatura de Inspección de Educación.

f) Responsable de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales.

Por tanto, teniendo en cuenta la situación de emergencia sanitaria declarada por la OMS y la necesidad de desarrollar lo establecido las medidas de prevención, protección, vigilancia y promoción de la salud ante el COVID-19 en Centros y Servicios Educativos docentes no universitarios de Andalucía para el curso 2020-2021, se considera oportuno y conveniente que la constitución de las Comisiones referidas sea conocida por parte del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.23 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Salud y Familias, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de septiembre de 2020,

ACUERDA

Tomar conocimiento de la composición y constitución de las Comisiones Autonómica y Provincial para el seguimiento de las medidas de prevención, protección, vigilancia y promoción de salud. COVID-19 en los centros y servicios educativos docentes no universitarios de Andalucía.

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