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  • EDICIÓN DE 24/08/2020
 
 

Medidas especiales de regulación del tráfico

24/08/2020
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Resolución de 17 de agosto de 2020, de la Dirección General de Tráfico, por la que, en ejecución de sentencia, se revoca y anula la Resolución de 24 de noviembre de 2017, por la que se modifica la de 2 de enero de 2017, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2017, incluyendo la restricción temporal a la circulación de determinados tipos de vehículos en las carreteras N-232 y N-124 a su paso por La Rioja (BOE de 22 de agosto de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 17 DE AGOSTO DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, POR LA QUE, EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA, SE REVOCA Y ANULA LA RESOLUCIÓN DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2017, POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 2 DE ENERO DE 2017, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS ESPECIALES DE REGULACIÓN DEL TRÁFICO DURANTE EL AÑO 2017, INCLUYENDO LA RESTRICCIÓN TEMPORAL A LA CIRCULACIÓN DE DETERMINADOS TIPOS DE VEHÍCULOS EN LAS CARRETERAS N-232 Y N-124 A SU PASO POR LA RIOJA.

En el recurso contencioso-administrativo número 44/2018, interpuesto por la representación procesal del Comité Nacional de Transporte por Carretera, Departamento de Mercancías contra la Resolución de 24 de noviembre Vínculo a legislación de 2017 del Ministerio del Interior (D.G. Tráfico), por la que se modifica la de 2 de enero de 2017, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2017, incluyendo la restricción temporal a la circulación de determinados tipos de vehículos en las carreteras N-232 y N-124 a su paso por La Rioja (BOE de 29 de noviembre de 2017), la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Sexta) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia con fecha 29 de noviembre de 2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“FALLAMOS

1. Estimar el recurso contencioso-administrativo 44/2018, interpuesto por el Procurador don Íñigo Muñoz Durán en nombre y representación del Comité Nacional de Transporte por Carretera, Departamento de Mercancías, contra la Resolución de 24 de noviembre Vínculo a legislación de 2017 del Ministerio del Interior (D.G. Tráfico), por la que se modifica la de 2 de enero de 2017, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2017, incluyendo la restricción temporal a la circulación de determinados tipos de vehículos en las carreteras N-232 y N-124 a su paso por La Rioja (BOE de 29 de noviembre de 2017), actuación administrativa que en consecuencia se revoca y anula por no resultar conforme a Derecho.

2. Imponer a la parte demandada las costas del presente recurso, en los términos del F.º J.º 5.º de esta sentencia.

Contra la presente sentencia cabe interponer Recurso de Casación, dentro de los treinta días siguientes al de su notificación, a preparar ante esta Sala (artículos 86 Vínculo a legislación y 89 Vínculo a legislación LJCA, en la redacción dada por la disposición final 3.ª de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio Vínculo a legislación, modificativa de la LOPJ Vínculo a legislación ).

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.”

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