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Audiencia Provincial de Alicante

Condenado a dos años y medio de cárcel un hombre por un incendio en Dénia que afectó a varias urbanizaciones

14/08/2020
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La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a dos años y medio de prisión a un hombre que originó un incendio que afectó a varias urbanizaciones y vehículos en Dénia en julio de 2014 al encender una hoguera para calentarse comida en una zona en la que llevaba varios meses acampado. La sala le condena por un delito de incendio por imprudencia grave con peligro para la vida.

ALICANTE, 13 Ago. (EUROPA PRESS) -

El condenado, para el que se contempla la atenuante de confesión, deberá indemnizar con diferentes cantidades de dinero, hasta 19.000 euros, a varios de los afectados, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Los hechos sucedieron sobre las 20.00 horas del 5 de julio de 2014 en un terreno rural situado entre los caminos de Dénia donde el condenado llevaba varios meses viviendo en una tienda de campaña que había plantado tras limpiar la maleza de una parte del terreno.

Según relata la sentencia, el hombre encendió una hoguera para calentar comida con "desprecio a las elementales normas de cuidado y prudencia", ya que no tuvo en cuenta la proximidad con las urbanizaciones habitadas, unos 500 metros, ni las condiciones climatológicas que eran de 28,7 grados de temperatura, con rachas de viento de 36 kilómetros por hora y una humedad relativa del 33%.

El viento propagó rápidamente el fuego, que alcanzó urbanizaciones cercanas, donde fue necesario evacuar a residentes y cortar calles.

El incendio calcinó el turismo de un particular y un Quad de la Policía Local de Dénia, que los agentes habían colocado en una calle para cortar la circulación hasta zonas afectadas por el fuego.

Además, las llamas causaron daños en elementos comunes y en viviendas de dos urbanizaciones y en los jardines de una casa. La resolución recoge que, desde un primero momento, el condenado reconoció a la Policía Local que había sido el causante del incendio aunque de forma involuntaria.

Posteriormente, afirmó que no estaba seguro de ser el causante si bien reconoció que hizo una hoguera con papeles para calentar la comida y se levantó un fuerte viento que le hizo imposible controlar las llamas. El fiscal había reclamado seis años de prisión para el acusado en el juicio.

En la sentencia, consultada por Europa Press, la sala señala que se generó un riesgo para la vida e integridad de las personas dado que el acusado "era conocedor de que la hoguera que da lugar al incendio la enciende en una zona de abundante maleza que abarca desde el punto donde acampaba hasta los edificios habitados, y lo hace en época estival, de altas temperaturas y con un notable viento, apreciado por los testigos y propio acusado, existiendo por ello la posibilidad e idoneidad de propagarse el fuego hasta las viviendas".

No obstante, añade que la entidad del peligro "fue menor, o al menos no tan grave para el bien jurídico protegido, por la intervención de diversos factores, especialmente por el desalojo de los vecinos y la intervención policial y de bomberos". Esta circunstancia determina la aplicación el tipo atenuado previsto en el artículo 351.1 del Código Penal.

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