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El Supremo rechaza indemnizar a una magistrada por 500 tuits que la acusaban de haber plagiado un libro

26/06/2020
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La Sala Primera (de lo Civil) del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de una magistrada en el que solicitaba ser indemnizada por la publicación de una antigua colaboradora de unos 500 tuits en los que la acusaba de haber plagiado textos suyos en un libro y en los que informaba de que había puesto una querella por ello.

MADRID, 25 (EUROPA PRESS)

En la sentencia del alto tribunal, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados desestiman los argumentos de la juez porque en los tuits "no existe falta de veracidad", ya que era cierto que la antigua colaboradora había puesto una querella por plagio que había sido admitida en los juzgados de Madrid y que ésta había participado en un principio en la redacción del libro.

También desestiman el recurso de casación porque entienden que las opiniones vertidas en Twitter "se limitan a poner de relieve la existencia de desavenencia" entre las dos y no hubo intromisión ilegítima en el derecho al honor porque los comentarios están amparados en la libertad de expresión. Por todo ello, condenan en costas a la magistrada.

Los hechos se remontan a 2010, cuando la magistrada Purificación Pujol estaba preparando el libro titulado 'Un divorcio elegante o cómo desenamorarse con estilo', que fue publicado finalmente dos años después. Cuando lo estaba escribiendo, contactó con una colaboradora para que participara en la redacción, a lo que ésta accedió, y durante unos meses se remitieron textos mutuamente e intercambiaron opiniones sobre los enfoques.

QUERELLA POR PLAGIO

Tal y como consta en la sentencia del Supremo, en cierto momento Pujol comunicó a la colaboradora "su decisión de publicar el libro con una amiga", por lo que prescindía de ella, pero le reconoció que "utilizaría algunas de sus citas" y "le remuneraría por su trabajo", cuestión sobre la que ambas "no habían prefijado cómo hacerlo" y sobre la que "comenzaron a discrepar".

El libro, con prólogo de Isabel Preysler, se publicó en 2012, tras lo cual la colaboradora interpuso en 2013 una querella por plagio contra la magistrada, la cual fue admitida a trámite pero archivada unos meses más tarde por considerar que los hechos no eran constitutivos de infracción penal. Esta decisión fue confirmada después por la Audiencia Provincial de Madrid.

En fechas próximas a la presentación y admisión a trámite de la querella, la que había sido colaboradora de Pujol "envió unos 500 tuits a diversas personas de diversos ámbitos (políticos, jueces, medios de comunicación, empresarios, etc.)" con mensajes en los que mostraba su enfado por lo ocurrido.

"Querella juez sustituta imputada por plagio del libro"; "Biennnnn. Han admitido la querella. El 30 de mayo se la verá con el juez. A ver cómo explica los párrafos plagiados"; "Soy una mujer indignada porque (Purificación Pujol) utilizó el trabajo que yo le envié sin pagarme. No soy spam, solo quiero justicia", son algunos de los tuits que envió. En otra red social, Facebook, publicó: "Hasta que alguien (en este caso la justicia) les aplaste la cabeza. No todo el mundo se va de rositas, ni siquiera la más hábil de las juezas sustitutas".

En junio de 2016, esta antigua colaboradora presentó una demanda de juicio verbal en la que reclamaba a Pujol 5.000 euros como indemnización por incumplimiento contractual, contencioso que la magistrada acabó ganando.

NINGÚN TRIBUNAL VE ACTO LESIVO EN LOS MENSAJES

En este contexto, Pujol contraatacó con una demanda contra los comentarios en redes sociales de su antigua colaboradora por considerar que suponían una intromisión ilegítima en su derecho al honor y solicitó que se condenase a la demandada a remitir a los destinatarios de sus anteriores mensajes la comunicación del archivo de la querella que interpuso por plagio, a indemnizarle con 18.000 euros y a abstenerse en el futuro de realizar actos semejantes.

Tanto el juzgado de Madrid que estudió la demanda como la Audiencia Provincial consideraron que los mensajes no constituyen un acto lesivo para el honor de la magistrada, motivo por el cual ésta recurrió en casación al Supremo, tribunal que tampoco le da la razón.

En opinión de los magistrados, "no existe falta de veracidad en el contenido fáctico de las manifestaciones de la demandada, pues era cierta la interposición de la querella por plagio y era cierto, según resulta de los hechos fijados en la instancia, que la demandada había colaborado en la elaboración del libro en cuestión sin que tal colaboración hubiera tenido reflejo en la mención a la autoría en el libro editado ni la demandada percibió retribución alguna por su intervención".

LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN

En cuanto a la proporcionalidad de las opiniones y juicios de valor, el Supremo tiene en cuenta la "poca entidad ofensiva de las expresiones utilizadas, que, rectamente entendidas, se limitan a poner de relieve la existencia de desavenencias" sobre la colaboración en la elaboración del libro que posteriormente firmó Pujol como autora exclusiva.

"La demandada, quizás en un exceso reivindicativo pero sin llegar a incurrir en una vulneración ilegítima del derecho al honor, quiso exponer con amplitud y con el mayor eco posible la injusticia que consideraba que se había cometido con ella, al haber quedado preterida su participación en el libro y no haber visto retribuida su colaboración", apunta la sentencia.

Para los magistrados, la conducta de la antigua colaboradora, con sus mensajes en redes sociales, está "amparada por las libertades de expresión e información", por lo que "la cuestión de la existencia o inexistencia de perjuicio deviene irrelevante".

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