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  • EDICIÓN DE 17/06/2020
 
 

Pagos directos a la agricultura y a la ganadería

17/06/2020
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Resolución de 4 de junio de 2020, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se sustituye el modelo de solicitud de participación como empresa desmotadora, Anexo IV de la Orden de 12 de marzo de 2015, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación de la solicitud única y de la solicitud de asignación de derechos de pago básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del programa de desarrollo rural de Andalucía objeto de inclusión en la solicitud única (BOJA de 16 de junio de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 4 DE JUNIO DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS, POR LA QUE SE SUSTITUYE EL MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN COMO EMPRESA DESMOTADORA, ANEXO IV DE LA ORDEN DE 12 DE MARZO DE 2015, POR LA QUE SE ESTABLECEN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA NORMAS SOBRE LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD ÚNICA Y DE LA SOLICITUD DE ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO A PARTIR DEL AÑO 2015, ASÍ COMO DISPOSICIONES DE APLICACIÓN A LOS PAGOS DIRECTOS A LA AGRICULTURA Y A LA GANADERÍA, Y A LAS AYUDAS DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCÍA OBJETO DE INCLUSIÓN EN LA SOLICITUD ÚNICA.

En relación con la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y su incidencia sobre los formularios puestos a disposición de las personas interesadas en los procedimientos administrativos de la Junta de Andalucía, y teniendo en cuenta la Orden de 28 de julio Vínculo a legislación de 1989, por la que se establecen los criterios de normalización de formularios y papel impreso y se crea el registro de formularios de la Junta de Andalucía, así como el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, al igual que el artículo 12.9 Vínculo a legislación del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, es necesario adaptar y normalizar el diseño correspondiente a la solicitud de participación como empresa desmotadora establecido en el Anexo IV de la Orden de 12 de marzo Vínculo a legislación de 2015, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación de la solicitud única y de la solicitud de asignación de derechos de pago básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del programa de desarrollo rural de Andalucía objeto de inclusión en la solicitud única.

Del mismo modo, en cumplimiento de lo establecido a los efectos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 14.2, las empresas desmotadoras, como entidades jurídicas que son, están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. En consecuencia, se establece el empleo de las notificaciones electrónicas como medio de comunicación de los actos de trámite de estas empresas en su relación con la Administración.

De acuerdo con la disposición adicional primera de la Orden de 12 de marzo Vínculo a legislación de 2015 indicada, y en relación con las funciones y competencias de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados establecidas en el artículo 13 Vínculo a legislación del Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, corresponde al titular de esta Dirección General, entre otras, la competencia de sustituir el modelo de Anexo IV de la Orden de 12 de marzo Vínculo a legislación para su normalización, con sujeción a los criterios generales establecidos.

Por todo lo anterior, y haciendo uso de las competencias que tengo conferidas,

RESUELVO

Primero. Sustituir el modelo dispuesto en el Anexo IV de la Orden de 12 de marzo Vínculo a legislación de 2015, por el modelo anexo establecido en esta resolución.

La información asociada al procedimiento de participación como empresa desmotadora autorizada (Ayudas en el sector del algodón. Pago específico al cultivo del algodón), está disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios, en el procedimiento RPA núm. 18259, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/18259/datos-basicos.html

Segundo. Se puede acceder al referido formulario a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección web: https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/18259/como-solicitar.html

Tercero. Establecer el empleo de las notificaciones electrónicas como medio de comunicación de los actos de trámite de las empresas autorizadas para colaborar en el régimen de ayudas para el pago específico al cultivo del algodón en su relación con la Administración.

Cuarto. La presente resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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