MADRID, 11 (EUROPA PRESS)
El alto tribunal avala la constitucionalidad y legalidad de la actuación de la JEC en este caso, ya que "ha aplicado con toda corrección la Ley Orgánica del Régimen Electoral General" y "no ha discriminado a los recurrentes ni incurrido en arbitrariedad o en infracción de sus derechos fundamentales" y "no ha obrado por motivos políticos contra ellos". "Los actos recurridos, no entrañan, pues, ninguna persecución política de Puigdemont y Comín", afirman las resoluciones del Supremo.