MADRID, 7 (EUROPA PRESS)
El Consejo contesta de este modo a una consulta planteada por la Comisión de Seguimiento del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y lo justifica en la "naturaleza y la finalidad de la inscripción y los efectos que produce la misma, al estar expresamente incluidas en esas actuaciones esenciales las inscripciones de nacimiento".
Los servicios esenciales en la Administración de Justicia fijados por el Consejo General del Poder Judicial establecen que los Registros Civiles prestarán atención permanente durante las horas de audiencia y que, en particular, deberán asegurar la expedición de licencias de enterramiento y certificados de fe de vida, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios del artículo 52 del Código Civil (in articulo mortis).