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  • EDICIÓN DE 21/04/2020
 
 

Reanudación de diversos procedimientos administrativos en el ámbito de gestión de la Consejería

21/04/2020
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Resolución de 15/04/2020, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se acuerda la reanudación de diversos procedimientos administrativos en el ámbito de gestión de la Consejería (DOCM de 20 de abril de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 15/04/2020, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, POR LA QUE SE ACUERDA LA REANUDACIÓN DE DIVERSOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL ÁMBITO DE GESTIÓN DE LA CONSEJERÍA.

La actual situación sanitaria relacionada con la evolución del COVID-19, ha motivado la declaración por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo Vínculo a legislación, del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria, y ha supuesto la adopción de medidas de contención extraordinarias, para paliar sus efectos, tanto en el ámbito de la Administración General del Estado como en el Autonómico.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo Vínculo a legislación, en su disposición adicional tercera, apartado 4, preveía la suspensión de todos los plazos administrativos, con la sola excepción de aquellos procedimientos y resoluciones referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma.

Posteriormente, el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo Vínculo a legislación, establece en su artículo único la modificación del apartado 4 de la disposición adicional tercera y habilita a la Administración para acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que sean indispensables para la protección del interés general.

El artículo 7 Vínculo a legislación de la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha establece en su apartado 1 que para garantizar el acceso de todas las personas a una educación de calidad en condiciones de igualdad en las enseñanzas obligatorias y en las declaradas gratuitas, así como el derecho de las ciudadanas y los ciudadanos castellano-manchegos a una educación permanente de calidad se establece, en el marco de su sistema educativo, el servicio educativo público de Castilla-La Mancha, para, a continuación en el apartado 2, relacionar que centros docentes integran el servicio educativo público de Castilla-La Mancha, incluyendo los de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, los de las Corporaciones locales y de otras Administraciones públicas ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma y los de titularidad privada que tengan establecido concierto con la Consejería competente en materia de educación.

Por otro lado, el artículo 15 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, enumera los servicios públicos fundamentales, e incluye, entre otros, el de la educación.

Tres de los procedimientos administrativos para los que se acuerda la reanudación de su tramitación tienen una relevancia fundamental para el inicio del curso escolar 2020/2021, pues inciden de una manera directa en la prestación del servicio educativo, tanto en la provisión de puestos de trabajo (fase práctica concurso oposición año 2019) como en la oferta educativa en el caso de los conciertos educativos, por lo que de continuar suspendidos generaría muchas dificultades para el correcto comienzo del curso.

Dos de los procedimientos son convocatorias de ayudas y subvenciones para entidades locales y entidades privadas sin ánimo de lucro y empresas privadas, titulares de centros que impartan primer ciclo de educación infantil durante el año 2019, porque la paralización de los mismos puede tener una incidencia negativa en la prestación del servicio educativo, por lo que existe un interés público en finalizar los procedimientos y allegar fondos a las citadas entidades que les permitan afrontar la situación actual.

Además de lo anteriormente referido, estos procedimientos se encuentran en una fase muy avanzada en la instrucción y por otra parte la tramitación de los mismos se realiza por medios telemáticos, teniendo los interesados, funcionarios docentes, titulares de los centros privados concertados, Ayuntamientos y entidades sin ánimo de lucro los medios adecuados para comunicarse con la Administración, por lo que el levantamiento de la suspensión no ocasiona perjuicio alguno a los mismos.

Por todo lo expuesto, en ejercicio de la facultad establecida en el apartado 4 de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo Vínculo a legislación, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, resuelvo:

Primero.

Reanudar por razones de interés general los procedimientos iniciados mediante las resoluciones que se indican a continuación:

a) Resolución de 07/02/2019, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca concursooposición para el ingreso en el Cuerpo de Maestros por el turno libre, procedimiento para que los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros puedan adquirir nuevas especialidades y procedimiento de selección de aspirantes a puestos de trabajo docente en régimen de interinidad (fase práctica).

b) Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 07/02/2019, por la que se convoca concursooposición para el ingreso en el Cuerpo de Maestros por el turno de personas con discapacidad, procedimiento para que los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros puedan adquirir nuevas especialidades y procedimiento de selección de aspirantes a puestos de trabajo docente en régimen de interinidad. (fase práctica) c) Resolución de 16/12/2019, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca el procedimiento para la suscripción o modificación de los conciertos educativos para el período que va desde el curso escolar 2020/2021 al 2022/2023 en Educación Primaria y para el curso escolar 2020/2021 en las demás enseñanzas.

d) Resolución de 20/11/2019, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2019, de concesión de subvenciones a las entidades locales para el mantenimiento de escuelas infantiles.

e) Resolución de 21/11/2019, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2019, de concesión de subvenciones para el mantenimiento de centros de educación infantil.

Segundo.

Publicar la presente resolución en el “Diario Oficial de Castilla-La Mancha” en la forma y a los efectos que determina el artículo 45 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Frente a esta resolución no cabe recurso administrativo alguno por tratarse de un acto de trámite que no impide la continuación del procedimiento ni produce indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos de los interesados.

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