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La Audiencia Nacional desestima la medida cautelar para facilitar equipos de protección y test de detección de coronavirus a guardias civiles

16/04/2020
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La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado la medida cautelar solicitada por la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) para que en el plazo de 24 horas la Dirección General del Instituto Armado entregue los equipos de protección y realice las pruebas de detección del coronavirus a todos los agentes que se encuentren prestando servicio activo de protección de la seguridad y los cometidos asignados a este cuerpo en su territorio competencial.

MADRID, 15 Abr. (EUROPA PRESS) -

La asociación argumentaba en su escrito que el Ministerio de Sanidad, como autoridad competente delegada, ha establecido una serie de medidas y protocolos de prevención para evitar el contagio "consistentes en la entrega de equipos de protección individual, soluciones alcohólicas y que se practiquen los test de detección a los profesionales que pudieran estar contagiados de la enfermedad, con el fin de evitar un grave riesgo para la salud de quienes prestan sus servicios en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de cuantos ciudadanos acudan a las mismas o puedan tener contacto".

Estas medidas, añadía, "están siendo omitidas" por la Dirección General de la Guardia Civil, "siendo escasos los EPI de los que se disponen y siempre para situaciones concretas, teniendo que dar cuenta al mando de su utilización, habiéndose dado el caso de que los propios guardias han tenido que concertar un bote colectivo para comprar desinfectantes para limpiar sus zonas de servicio". También denunciaba que "no se están realizando los test de detección a los agentes que puedan encontrarse contagiados, por haber tenido contacto con agentes que desgraciadamente han fallecido, que se encuentran gravemente enfermos o que han podido tener contacto con lugares o personas que están infectadas".

ACUSACIONES GENÉRICAS

En su auto, el tribunal destaca la "ausencia de acreditación alguna, siquiera indiciaria, por parte de la AEGC de estas "graves aseveraciones" que se contienen "de forma genérica" en el escrito y que, por otro lado, considera que "quedan prácticamente desvirtuadas" por la documentación entregada por la Abogacía del Estado en sus alegaciones.

Según dicha documentación, explica la Sala, se acredita que, desde finales de enero, "por parte de la Dirección General de la Guardia Civil se está desarrollando una actividad preventiva, encaminada a evaluar los riesgos de la diferentes unidades en atención a los riesgos que se expone en cada una de ellas, así como las gestiones necesarias apara el acopio de recursos preventivos en una situación mundial de desabastecimiento para paliar los riesgos de exposición al Covid-19, "habiendo dado cumplida cuenta del material que se dispone y de los criterios adoptados para su uso".

En esta situación, los magistrados entienden que "difícilmente puede apreciarse la actitud de inobservancia de la normativa en materia de seguridad y salud laboral que, de forma un tanto gratuita", imputa la AEGC a la Dirección General del Instituto Armado.

Además, dicen el tribunal, la medida que se solicita relativa a la entrega de los EPI y la realización de los test "de forma indiscriminada" a todos los agentes que se encuentren en servicio activo de protección de la seguridad, "lejos de mitigar el riesgo de retardo, lo acrecienta, poniendo en peligro un bien jurídico superior y trascendente al que se pretende proteger, cual es la salud pública de la sociedad en su conjunto".

USO RACIONAL Y PRIORIDADES

"En efecto, ante una situación de notoria y conocida escasez de recurso preventivos y de test diagnósticos eficaces para la detección del Covid-19, producida por el alcance mundial de los contagios producidos por el patógeno vírico, la pretensión de la parte, amén de trascender las competencias de la Dirección General, pone en peligro el uso racional que de los mismos debe efectuar por la propia Dirección General con relación a su plantilla, así como las prioridades que al respecto puedan efectuarse por las autoridades sanitarias, en orden a la práctica de los test, para garantizar la salud colectiva", explica la Sala.

En otro auto, la Audiencia Nacional rechaza la medida cautelar solicitada por el Sindicato Alternativa Sindical de Policía para que se realicen de forma urgente test de detección rápida a los funcionarios de la Policía Nacional.

Respecto a la petición de que dicha medida se extienda al resto de cuerpos policiales y a la Guardia Civil, los magistrados estiman la falta de legitimación del sindicato para hacer esta solicitud concreta.

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