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CGPJ

Los jueces aplazan entregas de detenidos a otros países por la pandemia

23/03/2020
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El servicio de Relaciones Internacionales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha emitido una nota para la Red Europea de Justicia informando de que debido a la incidencia del coronavirus"se aplazan formalmente" las órdenes europeas de detención y entrega recibidas en España cuando no sea posible materializar esa entrega por las restricciones establecidas a causa del estado de alarma.

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

El servicio de Relaciones Internacionales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha emitido una nota para la Red Europea de Justicia informando de que debido a la incidencia del coronavirus "se aplazan formalmente" las órdenes europeas de detención y entrega recibidas en España cuando no sea posible materializar esa entrega por las restricciones establecidas a causa del estado de alarma.

No obstante, el CGPJ indica en este documento de protocolo al que ha tenido acceso Europa Press que "se están tramitando con normalidad y puntualidad las órdenes europeas de detención y entrega recibidas en España". Pero advierte de que "cuando no es posible materializar la entrega debido a las restricciones establecidas en España o en el país de emisión, las entregas se están aplazando formalmente (...) con comunicación inmediata a la autoridad de emisión".

Este escrito ha sido acordado conjuntamente tanto por los juzgados como por el Ministerio Fiscal, el Ministerio de Justicia y Eurojust, y afecta principalmente al trabajo de los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional, quienes son la autoridad competente para tramitar los reconocimientos y ejecuciones de esas órdenes europeas de detención y entrega.

Añade que se realizan las consultas oportunas con la autoridad de emisión para fijar una nueva fecha de entrega "previo acuerdo de las autoridades afectadas" y recuerda que el canal de diálogo se mantendrá abierto el tiempo necesario en que subsista la situación de fuerza mayor con objeto de fijar una nueva fecha de entrega que sea viable".

CASOS CON MEDIDAS CAUTELARES

En este sentido, desde el CGPJ indican que en el caso de personas reclamadas sobre las que pesan medidas cautelares, se está teniendo en cuenta la gravedad del delito por el que se ha emitido la orden de detención y circunstancias como el riesgo de fuga a la hora de valorar si se mantienen esas medidas o no.

"Se está teniendo en cuenta, en relación al mantenimiento de medidas cautelares, la gravedad del delito por el que se ha emitido la OEDE --orden de detención-- y demás circunstancias previstas tales como riesgo de fuga, de reincidencia, peligro para las víctimas etc. En definitiva aplicándose el principio de proporcionalidad de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea", explica la nota.

Además, resaltan que a día de hoy no se han producido supuestos de personas afectadas por el COVID-19 que deban ser entregadas, y añaden que dado que las resoluciones que imponen penas o medidas privativas de libertad, al no tratarse de "asuntos graves urgentes e inaplazables", no se emiten resoluciones de reconocimiento durante la crisis sanitaria.

"Existe constancia de que hay resoluciones firmes pendientes de ejecución y en este caso se está aplazando el traslado (...) siendo España Estado de ejecución la previsión es hacer uso de esa posibilidad establecida", añaden desde el CGPJ.

SÓLO CASOS GRAVES URGENTES E INAPLAZABLES

Por otro lado, indican que, en relación a la emisión de resoluciones de reconocimiento mutuo, sólo se emitirán en casos graves urgentes e inaplazables, y la transmisión se realizará preferentemente por vía telemática, mientras dure esta situación de fuerza mayor. Y recuerdan que el órgano emisor deberá comprobar la correcta recepción y comunicar la emisión a Eurojust para asegurar el correcto diligenciamiento.

Sobre el reconocimiento y ejecución de formularios y certificados, recuerdan que los plazos legales se consideran suspendidos por fuerza mayor de acuerdo con el decreto de estado de alarma.

"Debido a la dificultad de atender todas las peticiones, se atenderán con preferencia las peticiones en los que conste su gravedad y urgencia, y se solicita que se trasmitan por vía telemática a las respectivas autoridades competentes para su recepción, reconocimiento y ejecución", y destacan en la nota que por ejemplo se consideran de urgencia "las Ordenes Europeas de Protección o la petición de embargos preventivos considerados inaplazables".

En este sentido, en relación a la recepción, reconocimiento y ejecución de Órdenes Europeas de Investigación inciden en que se haga un uso exclusivo del formato electrónico para transmitir, y que se dé prioridad también a los casos urgentes. Al respecto, el comunicado se remite a lo dicho previamente por la unidad de cooperación internacional de la Fiscalía General del Estado.

"En esta comunicación se incide en el uso exclusivo del formato electrónico para la transmisión, dándose prioridad en la tramitación a casos urgentes con una descripción de la urgencia del caso, debiéndose finalmente tener en cuenta la dificultad de practicar medidas de investigación que supongan traslados o contactos físicos", concluyen.

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