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CGPJ

Las asociaciones de jueces piden al CGPJ un grupo de asistencia para consultas durante el estado de alarma

18/03/2020
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Las cuatro asociaciones judiciales han solicitado este martes al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la creación de un grupo de asistencia al que puedan dirigirse los miembros de la Carrera Judicial para tratar todo tipo de consultas que se planteen durante los servicios esenciales que se han adoptado en el estado de alarma por la pandemia de coronavirus.

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

Así lo han reclamado la Asociación Profesional de la Magistratura, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Juezas y Jueces para la Democracia y el Foro Judicial Independiente, que creen que el grupo de asistencia debería estar formado tanto por representantes del órgano de gobierno de los jueces como dos por cada asociación, según explican en un comunicado.

En esta coyuntura a causa del estado de alarma, el Ministerio de Justicia ha dictado directrices para el cumplimiento de los servicios esenciales en juzgados y tribunales y ha establecido la rotación diaria de los funcionarios que deben prestar estos servicios mínimos, así como la autorización para que los que han sido excluidos para desarrollar estas funciones puedan teletrabajar.

Los servicios garantizados desde el pasado 14 de marzo comprenden cualquier trámite judicial que, de no practicarse, pudiera causar un perjuicio irreparable; internamientos urgentes no voluntarios por razón de trastorno psíquicos; o la adopción de medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables, como las medidas de protección de menores.

Los juzgados de violencia sobre la mujer realizarán los servicios de guardia que les correspondan y deberán asegurar el dictado de las órdenes de protección y cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer y menores.

El Registro Civil prestará atención permanente durante las horas de audiencia para asegurar la expedición de licencias de enterramiento, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios.

También se continuarán realizando todas aquellas actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciara, con detenido o presos y otras que resulten inaplazables, como adopción de medidas cautelares urgentes, levantamientos de cadáver, entradas y registros, etc.

CONTENCIOSO Y SOCIAL

En el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, seguirán practicándose las autorizaciones de entrada sanitarias, urgentes e inaplazables, derechos fundamentales cuya resolución tenga carácter urgente, medidas cautelarísimas y cautelares que sean urgentes, y recursos contencioso-electorales.

Y en el orden jurisdiccional social, la celebración de juicios declarados urgentes por la ley y las medidas cautelares urgentes y preferentes, así como los procesos de Expedientes de Regulación de Empleo y Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.

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