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Asignación de fondos públicos destinados a las Estrategias de Desarrollo Local

25/02/2020
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Orden AGR/168/2020, de 19 de febrero, por la que se modifica la Orden AYG/177/2016, de 8 de marzo, por la que se establecen criterios comunes para la asignación de fondos públicos destinados a las Estrategias de Desarrollo Local en el marco de la metodología LEADER del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y se regulan criterios de selección de proyectos (BOCYL de 24 de febrero de 2020). Texto completo.

ORDEN AGR/168/2020, DE 19 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN AYG/177/2016, DE 8 DE MARZO, POR LA QUE SE ESTABLECEN CRITERIOS COMUNES PARA LA ASIGNACIÓN DE FONDOS PÚBLICOS DESTINADOS A LAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO LOCAL EN EL MARCO DE LA METODOLOGÍA LEADER DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA Y LEÓN 2014-2020 Y SE REGULAN CRITERIOS DE SELECCIÓN DE PROYECTOS.

Con fecha 11 de marzo de 2018 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León la ORDEN AYG/177/2016, de 8 de marzo, por la que se establecen criterios comunes para la asignación de fondos públicos destinados a las Estrategias de Desarrollo Local en el marco de la metodología LEADER del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y se regulan criterios de selección de proyectos, modificada posteriormente por la ORDEN AYG/260/2016, de 7 de abril.

En ella se regula el modo en que se llevará a cabo la asignación de fondos públicos destinados a las Estrategias de Desarrollo Local aprobadas en Castilla y León en aplicación de la metodología LEADER, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, estableciendo una primera asignación inicial de fondos públicos así como la posibilidad de una segunda asignación por eficacia en la ejecución de la Estrategia y asignaciones adicionales específicas.

A medida que ha ido avanzando la ejecución de las Estrategias de Desarrollo Local y en la medida en que por parte de los Grupos de Acción Local se han ido cumpliendo las condiciones establecidas en la ORDEN AYG/177/2016, de 8 de marzo, se ha procedido, mediante la publicación de sucesivas órdenes: AYG/864/2018, de 24 de julio; AYG/1159/2018, de 16 de octubre, AYG/1368/2018, de 11 de diciembre y AYG/14/2019, de 15 de enero, a aprobar la dotación financiera correspondiente a la segunda asignación de fondos públicos destinada a las Estrategias de Desarrollo Local para la totalidad de los Grupos de Acción Local.

Teniendo en cuenta la evolución de las Estrategias de Desarrollo Local y con el fin de garantizar un uso más eficiente de la financiación pública, se considera oportuno introducir cambios, que afectan al artículo 6 la ORDEN AYG/177/2016, de 8 de marzo.

En su virtud, con el acuerdo de la autoridad de gestión del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 26.1.f) Vínculo a legislación de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO

Artículo único. Se modifica el artículo 6 de la ORDEN AYG/177/2016, de 8 de marzo, por la que se establecen criterios comunes para la asignación de fondos públicos destinados a las Estrategias de Desarrollo Local en el marco de la metodología LEADER del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y se regulan criterios de selección de proyectos, en los siguientes términos:

Artículo 6. Tercera asignación y asignaciones adicionales específicas.

1. Las estrategias que, desde la fecha de entrada en vigor de la presente Orden y hasta el 30 de septiembre de 2020, alcancen un grado de ejecución como mínimo del 80% a nivel de proyectos comprometidos, autorizados y con contratos con los promotores, y a nivel de pagos del 50%, ambos porcentajes referidos al importe total correspondiente a la suma de la primera y segunda asignación, tendrán una tercera asignación por un montante equivalente al 50% de la primera asignación de fondos públicos.

2. No obstante a partir del 30 de septiembre de 2020, aquellos Grupos que no hayan tenido tercera asignación y hubieran comprometido con cargo a una Estrategia proyectos autorizados que tengan contratos con los promotores por más del 95% de la totalidad de la primera y segunda asignación y pagos superiores al 65% de éstas, podrán solicitar la autorización para la tramitación de otros proyectos preseleccionados y la consiguiente dotación de fondos públicos adicionales si fuera necesario, sin sobrepasar éstas un montante equivalente al 50% de la primera asignación de fondos públicos, en los términos indicados en el artículo 9, para estos proyectos.

3. En los casos indicados anteriormente se asignará también la parte correspondiente para gastos de funcionamiento, si fuera necesario.

4. A partir del 1 de junio de 2021, las asignaciones de fondos que no estén ejecutadas a nivel de compromiso autorizado y con contrato con los promotores, volverán de nuevo a la financiación no asignada a Estrategias y se distribuirán a las Estrategias que presenten proyectos no comprometidos. Estas asignaciones se realizarán en los términos indicados en el artículo 9.

En estos casos también se asignará, si es necesario, la parte de fondos públicos para gastos de funcionamiento, teniendo en cuenta que esta financiación no podrá superar el 25% del gasto público total de la Estrategia.

5. La redistribución de fondos públicos indicada en el apartado anterior se podrá realizar de forma sucesiva para conseguir un uso más eficiente de la financiación pública.

6. En cualquiera de los supuestos anteriores, la asignación de fondos será notificada al representante del Grupo de Acción Local, responsable de la Estrategia aprobada.

Disposición final. Producción de efectos.

La presente orden producirá efectos al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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