MADRID, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se desestima la reclamación presentada por la Asociación Profesional de Funcionarios de Prisiones (APFP) en la que recurría el complemento de productividad que autorizó la administración en favor de los funcionarios cuyas funciones se vieron afectadas como consecuencia de la huelga general.
El complemento de productividad fue abonado en paga única y en la nómina del mes de diciembre de 2018. La Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima la demanda al entender que APFP no forma parte de la Mesa de Negociación y porque no tiene un interés directo en la salvaguarda del derecho a la negociación colectiva.
El reparto del complemento de productividad suele ser objeto de polémica entre Instituciones Penitenciarias y los sindicatos. En algunos casos se ha llegado a anular alguno de estos repartos. Las organizaciones sindicales entienden que el dinero se destina de forma arbitraria y que se penaliza a aquellos funcionarios que secundan los paros.
Desde la administración se suele justificar, como hizo el secretario general de Instituciones Penitenciarias en 2018, que esta medida responde a la necesidad de premiar a los trabajadores por el sobreesfuerzo que supone doblar o triplicar turnos para cubrir los servicios mínimos.