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Elecciones

12/02/2020
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Decreto 2/2020, de 10 de febrero, del Lehendakari, por el que se disuelve el Parlamento Vasco y se convocan elecciones (BOPV de 11 de febrero de 2020). Texto completo.

DECRETO 2/2020, DE 10 DE FEBRERO, DEL LEHENDAKARI, POR EL QUE SE DISUELVE EL PARLAMENTO VASCO Y SE CONVOCAN ELECCIONES.

En ejercicio de la facultad que atribuyen al Lehendakari los artículos 7.c) Vínculo a legislación y 50 Vínculo a legislación de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, efectuada la preceptiva deliberación del Consejo de Gobierno en reunión celebrada el día 4 de febrero de 2020, he resuelto disolver el Parlamento Vasco y convocar elecciones.

En consecuencia, en virtud de los preceptos citados y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 Vínculo a legislación de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco y demás legislación aplicable,

DISPONGO:

Artículo 1.- Disolución del Parlamento Vasco y convocatoria de elecciones.

1.- Queda disuelto el Parlamento Vasco elegido el día 25 de septiembre de 2016.

2.- Se convocan elecciones al Parlamento Vasco, que se celebrarán el domingo día 5 de abril de 2020.

Artículo 2.- Número de parlamentarios o parlamentarias a elegir.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 26 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y 10 de la Ley 5/1990, de 15 de junio Vínculo a legislación, se elegirán 25 parlamentarios o parlamentarias por cada circunscripción electoral.

Artículo 3.- Campaña electoral.

De conformidad con el artículo 68.2 Vínculo a legislación de la Ley 5/1990, de 15 de junio, la campaña electoral durará quince días. Comenzará a las cero horas del día 20 de marzo y concluirá a las veinticuatro horas del día 3 de abril.

DISPOSICIÓN FINAL

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.4 Vínculo a legislación de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de Elecciones al Parlamento Vasco, el presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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