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El Supremo rechaza investigar por lesiones a Ortega Smith y devuelve la causa a los juzgados de Madrid

28/01/2020
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha señalado este lunes que no tiene competencia para investigar al diputado y secretario general de Vox, Javier Ortega Smith, por un supuesto delito de lesiones a un compañero de partido en 2016, y envía la causa al juzgado de Instrucción número 43 de Madrid al tratarse de un delito leve.

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

Siguiendo el criterio de Fiscalía, la Sala ha optado por devolver el caso al juzgado en el que recayó la denuncia inicial, puesto que a pesar de que Ortega Smith es aforado, el alto tribunal no es competente para investigar delitos leves.

Desde el Supremo recuerdan que la competencia en este tipo de delitos leves, según la doctrina relacionada con antiguas faltas que carecían de aforamiento, se atribuye según la Ley de Enjuiciamiento Criminal a los jueces de instrucción o de Paz.

La Sala añade a esto que la reforma del Código Penal de 1995, que suprimía las infracciones constitutivas de falta e introducía algunas conductas de ese tipo como delito leve, no afecta a dicha doctrina. En este sentido, indican que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece la competencia de los Juzgados de Instrucción para el conocimiento y fallo por delito leve.

El auto incide en que la persona sometida al procedimiento de delitos leves, en este caso Ortega Smith, "tampoco recibe la denominación de procesado, imputado, inculpado, ni siquiera la de investigado, sino de denunciado". Y recuerdan que los principios establecidos en la jurisprudencia siguen siendo aplicables en la actualidad al juicio por delito leve.

La causa tuvo origen en 2016 por una denuncia que presentó un militante de Vox contra Ortega Smith a quien acusaba de haberle golpeado durante la celebración de una asamblea de esta formación en el Teatro La Latina de Madrid.

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