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La Audiencia Nacional condena a indemnizar con 94 millones de euros al FROB por el caso Banco de Valencia

22/01/2020
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La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al ex consejero delegado de Banco de Valencia Domingo Parra y los empresarios Bautista Soler, María Victoria Soler y Vicente Fons a devolver solidariamente 94 millones de euros al FROB, que tuvo que rescatar la entidad con dinero público por el agujero que dejaron con prácticas de administración desleal.

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

Conforme recuerda la Sala, la entidad tuvo que ser intervenida por el FROB el 21 de noviembre de 2011 con 4.500 millones de euros para sanear las pérdidas provocadas. Posteriormente, mediante un procedimiento de subasta pública, fue adjudicada a la sociedad "Caixabank, S.A." por el precio de un euro y a continuación, llevó a cabo un proceso de fusión por absorción de Banco de Valencia.

La sentencia recuerda que "la intervención del FROB viene determinada porque la ley le obliga a intervenir en garantía de la estabilidad del sistema financiero" y cuantifica el perjuicio total 29 millones de euros por encima de lo estimado inicialmente por la Fiscalía Anticorrupción.

Impone que además de Parra, los Soler y Fons también serán responsables civiles subsidiarias las mercantiles "Construcciones Valencia Constitución, S.L." (CVC), "Arlette Dome, S.L.", "Sapa, S.A.", "Bami Newco, S.A." y "Inmopark Alicante 92, S.L.".

"Debe resaltarse el carácter de perjuicio irreversible para el FROB de estas operaciones", dice el tribunal para explicar que con la venta, mediante subasta pública, a "Caixabank" por un euro al no haber oferta mejor, "se impide la recuperación del citado dinero público derivado de la inyección de capital por otras vías que no sea mediante la responsabilidad civil ex delicto".

Afirma que "no puede dejar de valorarse que el FROB intervino en cumplimiento de las funciones que le impone la ley en garantía de la estabilidad del sistema financiero, y que el perjuicio causado por las ilícitas disposiciones de fondos que se declaran probadas en la sentencia, forma parte de las causas que colocaron a la entidad en una situación en la que resultaba necesaria aquella intervención".

La sentencia, de la que ha sido ponente Fermín Javier Echarri, hace referencia a los créditos sin control que bajo mando de Parra se dieron a Bautista Soler, María Victoria Soler y Vicente Fons para comprar acciones de Metrovacesa, "sin un análisis de su viabilidad, incumpliendo su propio Manual sobre la concesión de créditos aprobado por el Consejo de Administración del Banco, sin la adecuada participación de los empleados de la entidad que tenían encomendados la función de análisis y evaluación de riesgo en el proceso de toma de decisiones".

"Con la sucesiva financiación de las empresas aludidas, el Sr. Parra Soria, infringió conscientemente las obligaciones inherentes a su posición, conculcando los deberes de lealtad y transparencia en relación con la entidad financiera a la que representaba, proporcionando un injustificado trato de favor a las sociedades del "Grupo Soler" y provocando, en consecuencia, un perjuicio patrimonial incuestionable a "Banco de Valencia, S.A.", dice el fallo.

ADMINISTRACIÓN DESLEAL

Impone así un año y tres meses de cárcel a Parra por administración desleal con un atenuante de reparación del daño que no aplica a Bautista Soler, María Victoria Soler, y Vicente Fons, sentenciados como cooperadores necesarios de un delito continuado de administración desleal a la pena para cada uno de ellos de dos años de prisión.

Asimismo, condena al empresario Rafael Ruiz Jarabo, como cómplice criminalmente responsable de un delito continuado de administración desleal, respecto de las operaciones relativas a 'Arlette Dome', a la pena de nueve meses de prisión.

Tanto Parra como los otros cuatro condenados (Rafael Ruiz Jarabo, Bautista Soler Crespo, María Victoria Soler, y Vicente Fons) quedan absueltos del delito continuado de apropiación indebida y del delito de falsedad documental continuada.

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