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Una teoría psicológica del decreto ley; por Agustín Ruiz Robledo, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada

03/09/2019
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El día 2 de septiembre de 2019 se ha publicado, en el diario El País, un artículo de Agustín Ruiz Robledo en el cual el autor opina que en pocos asuntos constitucionales hay tanta unanimidad entre los especialistas del Derecho público como en la crítica del uso y abuso que hacen los Gobiernos españoles del decreto ley.

UNA TEORÍA PSICOLÓGICA DEL DECRETO LEY

En pocos asuntos constitucionales hay tanta unanimidad entre los especialistas del Derecho público como en la crítica del uso y abuso que hacen los Gobiernos españoles del decreto ley, a pesar de que está previsto en la Constitución como un instrumento normativo excepcional, que solo puede usarse en casos de extraordinaria y urgente necesidad. Por eso, no insistiré aquí en la quiebra de la separación de poderes que supone su uso continuo ni en cómo debilita los derechos de los grupos políticos minoritarios y de los propios ciudadanos, que ven cómo desaparece un procedimiento con luz y taquígrafos (en la frase feliz de Antonio Maura) sustituido por una decisión tomada en las siempre opacas reuniones del Consejo de Ministros. Vamos a centrarnos en buscar las razones por las que los Gobiernos ocupan el espacio reservado a las Cortes.

Si empezamos por lo que dicen nuestros propios gobernantes, siempre son razones dignas de compartirse, muy especialmente las crisis económicas y sociales que obligan a soluciones expeditivas. ¿Quién puede criticar, por ejemplo, un decreto ley de medidas urgentes para paliar los daños causados por un temporal? ¿Y otro que pretenda mejorar la investigación tras los severos recortes de los años de crisis? También es muy socorrido apelar a nuestras obligaciones europeas: más de una vez los Gobiernos alegan que solo mediante decretos leyes se pueden trasponer a tiempo las directivas, a pesar de los generosos plazos que estas dan para ello. Además, siempre aparecen razones coyunturales: en la anterior legislatura, el Gobierno de Sánchez encontró una razón de peso para legislar mediante decreto ley en el filibusterismo institucional que practicaban el PP y Ciudadanos desde la Mesa del Congreso.

Pero si se tiene en cuenta que hasta 2015 los decretos leyes representaron el 30% de toda la legislación y el doble a partir de entonces, no cabe más remedio que pensar en otras razones no tan altruistas y sí más relacionadas con la voluntad de poder que tenemos los humanos y contra la que se inventaron todos los frenos del Estado de Derecho. Dicho llanamente y dejando para otra ocasión citas de Locke, Montesquieu y Acton: es el deseo de ponerse medallas. Los ministros de turno quieren ser ellos los que decidan, libres de los engorrosos trámites parlamentarios. Es más, cuanto más popular sea una medida, más probabilidad hay de que se adopte por decreto ley, como demuestra que la Ley de Protección Civil no contenga una regulación general de las catástrofes que evite el decreto ley caso a caso. Los “viernes sociales” del Gobierno socialista y sus seis decretos leyes ratifican esta conclusión. Como además en España, hoy por hoy, no tenemos buenos frenos contra su abuso -lamentablemente el Constitucional se ha mostrado ineficaz- solo cabe augurar un brillante futuro al decreto ley.

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