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Juzgado de lo Social número 12 de Madrid

Navantia, condenada a pagar 7.327 euros a un trabajador que realizó 645 horas extra

25/06/2019
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El Juzgado de lo Social número 12 de Madrid ha condenado a la empresa pública Navantia a pagar 7.327,02 euros a un trabajador que en 2015 y 2016 realizó 645 horas extraordinarias que no habían sido reconocidas en su nómina porque la empresa entendía que había sido compensado mediante retribución variable ligada a la responsabilidad y las funciones del puesto.

MADRID, 24 Jun. (EUROPA PRESS) -

El fallo, difundido por CSIF, considera probado que el trabajador, con horario flexible y miembro del comité de empresa, realizó 645 horas de más en el conjunto de ambos ejercicios, siendo "indiferente" que dedicara parte de su jornada a realizar tareas sindicales. Así, el juez recuerda que el demandante tiene derecho a 15 horas mensuales de labor sindical por ser miembro del comité de empresa.

El trabajador reclamaba a Navantia 33.200,9 euros por las horas extra realizadas, a lo que la empresa se oponía alegando que existían otros conceptos abonados, como el de dirección por objetivos (DPO), que compensaban las horas trabajadas de más.

En las retribuciones percibidas por el demandante, cuya categoría profesional es la de técnico superior I de nivel II, figuran el salario base y otros complementos además de la DPO. Además, se le abona un seguro médico y se le facilita una plaza de garaje.

El juez rechaza los argumentos de la empresa de que el seguro médico y otros complementos servían de compensación a las horas extra, pero sí entiende que las retribuciones percibidas por el trabajador en concepto de dirección por objetivos pueden compensar esas horas trabajadas de más.

Lo justifica en un auto del Tribunal Supremo que admitía la compesación de horas extra con una retribución variable si existía pacto previo, como sí hubo en este caso, según consta en el fallo.

De este modo, el juez no concede los 33.900,9 euros que reclama el trabajador porque de esa cantidad le deduce 25.873,9 euros que percibió en concepto de dirección por objetivos, resultando la cantidad total que condena pagar a la empresa de 7.327,02 euros, más los intereses de demora.

CSIF, que ha ejercido la defensa de este trabajador, se ha felicitado por el fallo y ha asegurado que casos como éste ponen de manifiesto la oportunidad que supone el registro de jornada obligatorio que se puso en marcha el pasado 12 de mayo.

"Esta condena abre la vía a cerca de un millar de demandas de personal técnico de esta empresa, altamente cualificado, que se encuentra en la misma situación que el trabajador al que se le ha reconocido el derecho a cobrar sus horas extras", ha señalado CSIF, que ha asegurado que estudiará nuevas acciones legales para que además de la compensación económica se reconozca su cotización a efectos de Seguridad Social.

El sindicato tiene abierto otro pleito contra Navantia por este mismo trabajador, que fue incluido en el ERE reciente aplicado por la empresa, pese a ser delegado electo de CSIF, por lo que considera nulo su despido.

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