Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 07/03/2019
 
 

Modificación de la Estructura de la Organización Central

07/03/2019
Compartir: 

Acuerdo de 5 de febrero de 2019, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se modifica la Estructura de la Organización Central (BOPV de 6 de marzo de 2019). Texto completo.

ACUERDO DE 5 DE FEBRERO DE 2019, DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD, POR EL QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN CENTRAL.

En virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos Sociales de Osakidetza-Servicio vasco de salud y, en particular, de su Disposición Adicional Primera, a tenor de la cual “a partir de la constitución de los órganos rectores y de gestión (...) podrán adoptarse los acuerdos que requiera la estructura y organización del personal”.

Considerando que la previsión de importantes y complejos procesos de selección y provisión de personal en los próximos años, hacen patente la necesidad de fortalecer y especializar el área de selección y provisión de la Organización Central.

Considerando que para alcanzar dicho objetivo y aportar una mayor adecuación, eficacia, eficiencia, mayor seguridad jurídica y transparencia, se considera necesario la creación, en la Dirección de Recursos Humanos de una Subidrección especializada de Selección y Provisión de personal, con el fin de integrar la política de selección como un proceso estratégico en un nuevo modelo innovador de gestión de los recursos humanos.

Este Consejo de Administración, en el marco de los fines expuestos y, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 8.5 de los Estatutos Sociales, viene a adoptar el siguiente

ACUERDO

Primero.- Aprobar la propuesta presentada por el Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, que modifica la estructura actual vigente de la Organización Central en relación con la estructuración de la Dirección de Recursos Humanos y que se adjunta como anexo.

Segundo.- Autorizar a la Dirección General de Osakidetza a adoptar las medidas que, en el ámbito de sus competencias correspondan, para desarrollar y materializar la nueva estructura conforme a la memoria de reorganización de la dirección corporativa de recursos humanos presentada a este Consejo de Administración.

Tercero.- Queda sin vigencia cualquier otra estructura organizativa que no sea la aprobada por el presente Acuerdo o documento que lo desarrollo.

Cuarto.- El presenta Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su aprobación. No obstante se comunicará a cada Subdirección a los efectos oportunos de conocimiento y divulgación.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  4. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  5. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  6. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  7. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial
  8. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  9. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  10. Actualidad: El Tribunal Supremo reconoce por primera vez el derecho de consulta del comité de empresa europeo en IAG

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana