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TJUE

El TJUE falla contra España por no trasponer la normativa europea sobre denunciantes de infracciones

05/10/2018
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado este jueves contra España por no haber adoptado, dentro del plazo fijado, la legislación europea sobre denunciantes de infracciones en relación con abusos de mercado, como la manipulación de los índices de referencia.

BRUSELAS, 4 Oct. (EUROPA PRESS) -

La normativa en cuestión otorga a las autoridades mayores poderes para actuar contra los delincuentes que manipulan la información o hacen un uso abusivo de la mismas. Así, exige a los Estados miembros que establezcan mecanismos eficaces de comunicación de las infracciones y detalla los procedimientos de protección de los denunciantes y los denunciados, el sistema de seguimiento de las denuncias y el de protección de los datos personales.

Los socios comunitarios debían trasponer estas normas como muy tarde el 3 de julio de 2016. Sin embargo, la Comisión Europea denunció a España ante la Justicia europea en junio de 2017 porque ni siquiera entonces había recibido información sobre la incorporación completa de las mismas al ordenamiento jurídico español.

En su sentencia, el tribunal de Luxemburgo ha declarado el incumplimiento de España "por no haber adoptado, dentro del plazo fijado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias" para dar cumplimiento a la normativa, así como por no haber notificado a Bruselas "el texto de las disposiciones adoptadas para garantizar su transposición".

España alegó en el caso que, aunque no se había completado la transposición de la directiva, estaba en "fase de realización" y que, por tanto, se estaba cumpliendo con la misma. En concreto, precisó que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) dispone de personal para recibir e impulsar las comunicaciones de infracciones.

Además, las autoridades españolas defendieron que el resto de exigencias de la directiva también se cumplen, puesto que la CNMV mantiene un canal específico para que cualquier denunciante pueda poner en su conocimiento tales infracciones por vía telefónica, escrita o electrónica.

Sin embargo, el TUE ha subrayado que España reconoció que había completado todos los trámites necesarios al señalar que la transposición formal de la directiva se encontraba "en fase de realización". Y añade que "de las limitadas explicaciones que ha facilitado España, no se deduce que las medidas administrativas invocadas constituyan una transposición satisfactoria" de la directiva.

Además, señala que, aun suponiendo que las medidas administrativas mencionadas puedan constituir una transposición suficiente de "las obligaciones materiales" de la normativa, España "no niega que no comunicó" a Bruselas el texto de las disposiciones adoptadas para garantizar su incorporación a la legislación española.

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