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Acuñación y puesta en circulación de monedas de colección

21/09/2018
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Orden ECE/964/2018, de 17 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección "Historia de la navegación" (BOE de 21 de septiembre de 2018). Texto completo.

ORDEN ECE/964/2018, DE 17 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE ACUERDA LA EMISIÓN, ACUÑACIÓN Y PUESTA EN CIRCULACIÓN DE MONEDAS DE COLECCIÓN "HISTORIA DE LA NAVEGACIÓN".

La Ley 62/2003, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, en su artículo 102, modificó el artículo 81 Vínculo a legislación de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, dando una nueva terminología en relación con las monedas conmemorativas y de colección, de conformidad con la terminología utilizada en las disposiciones y normativa europea.

En la nueva redacción del citado artículo 81 se establece, entre otras cuestiones, que, “a partir de enero de 2004, se denominarán monedas de colección en euros, las monedas en euros no destinadas a la circulación, acuñadas normalmente en metales preciosos, con un valor nominal y diseño diferente a las destinadas a la circulación. Estas monedas deberán diferir perceptiblemente de las circuladas en, al menos, dos de las tres características siguientes: color, peso y diámetro”.

En la misma disposición “se autoriza con carácter general a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, a acuñar y comercializar monedas de colección de todo tipo. La acuñación y venta de estas monedas serán acordadas por orden del Ministerio de Economía que, de conformidad con las disposiciones europeas, fijará las características propias de las monedas, sus valores faciales y las fechas iniciales de emisión y, en su caso, los precios de venta al público”.

El artículo 5 del Reglamento (UE) número 651/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la emisión de monedas en euros, regula la emisión de monedas de colección.

El artículo 16 Vínculo a legislación del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, establece que corresponde al Ministerio de Economía y Empresa la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia económica y de reformas para la mejora de la competitividad, de desarrollo industrial, de telecomunicaciones y sociedad de la información, de desarrollo de la agenda digital así como la política de apoyo a la empresa, y el resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.

Asimismo, la disposición final segunda del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio Vínculo a legislación, establece que “las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos que, por este real decreto, se suprimen se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se crean y los sustituyen o asumen sus competencias”.

El artículo 15.1.A) Vínculo a legislación 1.º Vínculo a legislación del Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, establece la estructura orgánica del Ministerio de Economía y Empresa, y crea la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, de la cual depende la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

El artículo 15.2 Vínculo a legislación del citado Real Decreto 595/2018, suprime la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y la Dirección General del Tesoro, en tanto que su disposición adicional segunda dispone que las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos suprimidos, se entenderán realizadas a los que por esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias o, en su defecto, al órgano del que dependieran.

El artículo 3 del Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad; se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales; y se modifican los Estatutos de entidades del Departamento que tienen la condición de medio propio para adaptar su denominación a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación ; en su apartado 1, establece las competencias atribuidas a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera; asimismo, en su apartado 2, establecía que de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera depende directamente la Dirección General del Tesoro.

De otro lado, el artículo 4.1.a) y 4.1.c) del Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo, determina que, en el ámbito de las competencias de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, le corresponden en particular la de acuñación de moneda y la de representación en el Subcomité Europeo de Moneda (“Eurocoin Subcommittee”).

Se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección “Historia de la Navegación”.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Acuerdo de emisión.

Se acuerda, para los años 2018 y 2019, la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección “Historia de la Navegación”.

Artículo 2. Características de las piezas.

Moneda de 1,5 € de valor facial (Cupro-níquel).

Aleación: 25 % ± 1 % de Níquel siendo el resto de Cobre.

Peso: 15,0 g con una tolerancia en más o en menos de 0,50 g.

Diámetro: 33 mm.

Forma: Circular con canto liso.

Motivos:

En el anverso de la primera pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Naves de combate fenicia y asirias. Al servicio de Persia en la época de Cambises” realizada por Rafael Monleón y Torres, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. Por encima de la imagen central, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda NAVE DE COMBATE FENICIA. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2018.

En el anverso de la segunda pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Embarcación de los vikingos escandinavos. Siglo X. Reconstruida por el Gobierno Noruego con ocasión del Cuarto Centenario del Descubrimiento de América”, realizada por Rafael Monleón y Torres, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. Por encima de la imagen central, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda DRAKKAR ESCANDINAVO. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2018.

En el anverso de la tercera pieza, en la zona central, se reproduce en colores una imagen de la obra titulada “Navío de tres puentes de popa”, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda NAVÍO ESPAÑOL. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2018.

En el anverso de la cuarta pieza, en la zona central, se reproduce en colores una imagen del Buque Escuela Juan Sebastián de Elcano, según fotografía propiedad de la Armada Española. A la derecha, la marca de Ceca. Por encima de la imagen central, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda BUQUE ESCUELA JUAN SEBASTIÁN DE ELCANO. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2018.

En el anverso de la quinta pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Marina griega de guerra. Grandes galeras trirremes”, realizada por Rafael Monleón y Torres, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda TRIRREME DE GUERRA GRIEGA. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la sexta pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Naves romanas. Birreme de guerra. Barco de comercio”, realizada por Rafael Monleón y Torres, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda BIRREME DE GUERRA ROMANA. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la séptima pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Marina de la Edad Media. Siglo XVI. Carabelas de Colón. Acuarela”, que se expone en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda CARABELA. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la octava pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Nao Victoria”, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. En la parte superior derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda NAO VICTORIA. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la novena pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Renacimiento. Galeones siglo XVII según grabados. Pinturas, dibujos y descripciones de la época. Galeón holandés y galeón castellano”, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda GALEÓN ESPAÑOL SIGLO XVII. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la décima pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Renacimiento. Grandes galeras siglo XVII. Acuarela”, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. Por encima de la imagen central, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda GALERA ESPAÑOLA SIGLO XVII. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la undécima pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Navío del siglo XIV”, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda NAVÍO DEL SIGLO XIV. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la duodécima pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Antonio Barcelo con su jabeque correo rinde a dos galeotas argelinas en 1736”, que se expone en el Museo Naval de Madrid. A la izquierda, la marca de Ceca. Por encima de la imagen central, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda JABEQUE ESPAÑOL SIGLO XVIII. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la decimotercera pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Marina del Extremo Oriente. Barcos chinos. Junco de guerra moderno. Champatian”, realizada por Rafael Monleón y Torres, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda CHAMPATIAN CHINO. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la decimocuarta pieza, en la zona central, se reproduce en colores un detalle de la obra titulada “Sutil y mexicana, Galiano y Valdés”, que se expone en el Museo Naval de Ferrol. A la derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda GOLETA ESPAÑOLA. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la decimoquinta pieza, en la zona central, se reproduce en colores una imagen de la obra titulada “Crucero Carlos V”, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda CRUCERO ACORAZADO CARLOS V. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la decimosexta pieza, en la zona central, se reproduce en colores una imagen de la obra titulada “Marina militar moderna. Acorazados. Fragata española Numancia”, que se conserva en el Museo Naval de Madrid. A la derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda FRAGATA ACORAZADA NUMANCIA. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la decimoséptima pieza, en la zona central, se reproduce en colores una imagen de la obra titulada “Submarino Galerna (S-71)”, pintada por Aledo, que se expone en el salón de actos del edificio principal de la Base de Submarinos de Cartagena (Murcia). A la derecha, la marca de Ceca. En la parte superior izquierda, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda SUBMARINO GALERNA. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la decimoctava pieza, en la zona central, se reproduce en colores una imagen del LHD Juan Carlos I, según fotografía propiedad de la Armada Española. A la izquierda, la marca de Ceca. Por encima de la imagen central, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda LHD JUAN CARLOS I. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la decimonovena pieza, en la zona central, se reproduce en colores una imagen del B.A.C. Patiño, según fotografía propiedad de la Armada Española. A la derecha, la marca de Ceca. Por encima de la imagen central, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda BAC PATIÑO. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el anverso de la vigésima pieza, en la zona central, se reproduce en colores una imagen del B.I.O. Hespérides, según fotografía propiedad de la Armada Española. A la derecha, la marca de Ceca; Por encima de la imagen central, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda BIO HESPÉRIDES. Rodea los motivos y leyendas de la zona central una línea de piñones. En la zona exterior de la moneda, en sentido circular, aparecen motivos acuáticos tratados de manera simbólica y, en la parte inferior, en sentido circular ascendente y en mayúsculas, la leyenda ESPAÑA y el año de acuñación 2019.

En el reverso (común a todas las piezas), dentro de un círculo central, aparece el valor de la moneda 1,5 EURO, en dos líneas y en mayúsculas, y la leyenda HISTORIA DE LA NAVEGACIÓN, en sentido circular y en mayúsculas. Rodea las leyendas de la zona central una línea de piñones. Fuera del círculo central, en la zona exterior de la moneda, aparecen seis delfines saltando, en sentido contrario a las agujas del reloj, sobre los mismos motivos acuáticos que figuran en los anversos. Rodea todos los motivos y todas las leyendas una gráfila de piñones.

Artículo 3. Número máximo de piezas.

El número máximo de piezas que se acuñen para cada uno de los motivos será de 10.000 unidades.

Se autoriza a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda a destinar a los fondos numismáticos del Museo de esta entidad hasta un máximo de cinco piezas de cada una de las monedas acuñadas en virtud de la presente orden ministerial y, en su caso, aquellos elementos industriales de su fabricación que por las características de la emisión, revistan interés numismático o museológico.

Artículo 4. Fecha inicial de emisión.

La fecha inicial de emisión de las monedas, para las cuatro primeras piezas descritas, tendrá lugar durante el cuarto trimestre de 2018, el resto de las monedas que integran la colección se emitirán a lo largo del año 2019.

Artículo 5. Acuñación y puesta en circulación.

Las referidas monedas se acuñarán por cuenta del Estado en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, que las entregará al Banco de España a través de la aportación de los documentos representativos de las monedas acuñadas.

La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda procederá al pago del valor facial de estas monedas, que será abonado al Tesoro Público, y una vez adquiridas, procederá a su comercialización mediante el proceso que se indica a continuación.

Artículo 6. Proceso de comercialización.

La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda procederá a la comercialización de estas monedas, tanto en colecciones como aisladamente, por sí o a través de entidades contratadas al efecto, que se comprometerán a expenderlas al público con regularidad, así como a su exportación.

Artículo 7. Precios de venta al público.

El precio inicial de venta al público de cada una de las piezas será de 14 euros, IVA excluido.

Estas piezas podrán venderse individualmente o formando colecciones, en cuyo caso el precio será la suma de los precios individuales de las piezas que las formen.

Artículo 8. Medidas para la aplicación de esta orden.

La Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional adoptará las medidas que resulten precisas para la aplicación de esta orden.

Disposición final única. Efectos.

La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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