Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/09/2018
 
 

Audiencia de Bizkaia

La Audiencia de Bizkaia califica de culpable el concurso de Karrantzako Minda, inhabilita a sus gestores y les condena a indemnizar

19/09/2018
Compartir: 

La Audiencia de Bizkaia ha calificado de culpable el concurso de Karrantzako Minda, y ha condenado a seis integrantes de su Consejo de Administración a una inhabilitación de dos años para administrar bienes ajenos, así como a devolver a la empresa 485.724 euros y, subsidiariamente, 1.172.279 euros a la constructora, si Ade Biotec no abona la cantidad.

BILBAO, 14 Sep. (EUROPA PRESS) -

La sentencia, hecha pública este viernes, condena a los acusados, de haber actuado "con culpa grave" que "agravó la insolvencia" por la compra de unos terrenos, el anticipo de cantidades a la empresa constructora y el retraso en la solicitud de concurso de una planta de purines en Karrantza que no llegó a construirse. De esta forma, la Audiencia ha estimado en parte el recurso de apelación interpuesto por la Administración Concursal y la Abogacía del Estado.

La sentencia condena a quien fue en inicio administrador único de Karrantzako Minda, Ángel María Ruiz Quintano, al consejero delegado del Consejo de Administración tras cesar como director del gobierno vasco, Martín Ascacibar Gregorio, y al resto de integrantes del órgano de dirección, entre ellos el exalcalde de Karrantza José Luis Portillo (PNV), además del exconcejal José Ignacio Muro, del mismo partido, Manuel Fisure y Vicente Albisua. El fallo exonera, sin embargo, a Ipar Kutxa.

La resolución, dictada el 11 de septiembre, revoca la dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, que calificó el concurso de Karrantzako Minda de "fortuito" y desestima las peticiones del Fiscal y la Administración Concursal de que se considerara culpable.

DIEZ MILLONES EN AYUDAS

La sentencia afirma que la empresa, integrada inicialmente por la cooperativa de ganaderos del Valle de Carranza y Enerminde S.L, con un capital social de 3.029 euros llegó a recibir más de diez millones de euros en subvenciones del Gobierno Vasco, Diputación Foral de Bizkaia y Ministerio de Ciencia e Innovación, para la construcción de una planta de tratamiento de los desechos orgánicos de la cabaña ganadera del valle de Carranza, que nunca se llegó a llevar a cabo.

Según recoge la Audiencia, la sociedad limitada se creó en 2005 impulsada por la preocupación del Departamento de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco por el tratamiento medioambiental de los purines que generaba la ganadería vacuna en el valle.

El entones director de Innovación y Desarrollo Tecnológico Martín Ascacibar Gregorio se reunió con los ganaderos para propiciar la constitución de esta sociedad privada, en la que además de los ganaderos inicialmente formó parte Enerminde, sociedad de la que eran propietarias, en una tercera parte, Eptisa-Cinsa, Levenger y Ade Biotec S.L.

La resolución asegura que Ade Biotec compró posteriormente la participación de las otras dos, y al firmar el 10 de octubre de 2008 un contrato con Karrantzako Minda S.L. por 11 millones y medio de euros para construir la planta, vendió su parte a la cooperativa de ganaderos y dejó la sociedad.

CULPA GRAVE

Los magistrados coinciden con la Administración Concursal al considerar que la compra, en 2007, de unos terrenos en Matienzo para instalar la planta, en los que no pudo construirse porque la Agencia Vasca del Agua URA estimó "inidóneos" por las filtraciones, "constituye culpa grave" al no pedirse estudios geológicos y obligó a comprar otro terreno en Las Torcachas, lo que "incrementó los costes" y "contribuyó a demorar el inicio de las obras".

También rechazan, como argumentan los acusados, que no haya responsabilidad porque un informe encargado por el Instituto Vasco de Investigación y Desarrollo Tecnológico Neiker, que fue encargado a Eptisa-Cinsa, recomendara el terreno de Matienzo, ya que se basó en "razones exclusivamente logísticas" y, además, no procedía "de un técnico ajeno a la sociedad, sino indirectamente vinculado a ella".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana